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Viernes, 23 Julio 2021 08:07

CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL SECTOR HOSTELERO PARA LA ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BOLARDOS.

2284

CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL SECTOR HOSTELERO PARA LA ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BOLARDOS.
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AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES


2284

(CÓDIGO CONVOCATORIA BDNS 575949)

CONVOCATORIA QUE HA DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL SECTOR HOSTELERO PARA LA ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DE BOLARDOS.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 13 de julio de 2021 se han aprobado la convocatoria y bases específicas de la citada convocatoria, con las siguientes especificaciones:

 

OBJETO:

La regulación de la convocatoria y concesión de las ayudas  económicas que  el Ayuntamiento de  Azuqueca de  Henares,  a través  de  la Concejalía Europa, podrá otorgar, a fin de colaborar en la financiación de la adquisición e instalación de bolardos en aquellas terrazas donde sea obligatorio su colocación, que realicen los establecimientos hosteleros ubicados en el término municipal de Azuqueca de Henares para adecuarse a la Ordenanza Municipal Reguladora de Terrazas de Establecimientos de Hostelería y Restauración con Finalidad Lucrativa.

 

PARTIDA PRESUPUESTARIA

Esta  subvención,  convocada  por  el  Ayuntamiento  de  Azuqueca  de  Henares,  se financiará con fondos propios, destinándose  un importe máximo total de 20.000 euros, que serán contabilizados en la partida presupuestaria 431277000.

 

REQUISITOS:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas que contemplan las presentes  bases los establecimientos hosteleros del municipio de Azuqueca de Henares que cumplan los siguientes requisitos:

- Estar dados  de  alta en  uno  de  los  siguientes epígrafes  de  actividad económica: restaurantes (671), cafeterías (672), bares (673), servicio de chocolaterías, heladerías y horchaterías (676), así como en cualquier otro que cuente con licencia de actividad de terraza.-- Tener la correspondiente licencia municipal de apertura  del local o trámite que la sustituya, la licencia de actividad de la terraza y la autorización de ocupación del año en curso.
- Haber acometido inversiones en la adquisición e instalación de bolardos en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2021.
- Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria, así como al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares.

 

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

Las  solicitudes,  junto  con  toda  la  documentación,  deberán  ser  presentadas  en  el Registro General del Ayuntamiento de Azuqueca de Henares, en el Servicio de Atención a la Ciudadanía.

El  plazo de  presentación de  solicitudes de  subvención se  iniciará  a  partir  del día siguiente al de  la publicación de  la presente  convocatoria. Las facturas  y resto  de documentación  que   los  interesados  hubieran   aportado   ya  al  Ayuntamiento  de Azuqueca de Henares con anterioridad a la publicación de estas bases,  no deberán ser aportadas de nuevo.

En tanto  no se haya agotado  el crédito asignado a este  efecto,  se tramitarán estas ayudas, estableciéndose como fecha límite para la presentación de las solicitudes 31 de diciembre de 2021.

Las bases completas incluyendo como anexo la correspondiente solicitud se encuentran a disposición de los solicitantes en el portal de transparencia de la página web del Ayuntamiento, a través del siguiente enlace:

https://azuqueca.sedelectronica.es/transparency/945b0302-56b5-4293-ac4e-adfe87292048/

En Azuqueca de Henares, a 20 de julio de 2021. Fdo. el Alcalde, D. José Luis Blanco Moreno

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  • Municipios: Azuqueca de Henares
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