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Lunes, 19 Julio 2021 08:07

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN CRÉDITO

2234

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN CRÉDITO
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AYUNTAMIENTO DE TORDESILOS


2234

Aprobado definitivamente el expediente de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Suplemento en  aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Suplemento de crédito

Progr.

Económica

 

 

 1532

619 

Pavimentación calles 

33.785,22 

 920

213 

Maquinaria, instalaciones técnicas 

 7.340,00

920

 22699

Otros gastos diversos 

5.500,00

920

22799

Trabajos realizados por otras empresas

20.500,00

933

622

Reparación Casa Consistorial

19.041,23

920

22103

Combustibles y carburantes

1.300,00

920

22110

Productos para desinfección

4.100,00

161

619

Redes abastecimiento agua

7.172,00

 

 

TOTAL

98.738,45 

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Suplemento en Concepto de Ingresos

Aplicación económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 

 

 

 

87 

Remanente de tesorería para gastos generales 

98.738,45 

 

 

 

TOTAL INGRESOS

98.738,45 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Tordesilos, 25 de junio de 2021. El Alcalde, Antonio Victoria Muñoz

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