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Lunes, 12 Julio 2021 08:07

ANUNCIO NOMBRAMIENTO FUNCIONARIOS DE CARRERA QUE HAN SUPERADO EL PROCEDIMIENTO SELECTIVO PARA LA PROMOCIÓN INTERNA INDEPENDIENTE DE UNA PLAZA DE VIGILANTE DE SERVICIOS, INFRAESTRUCTURAS Y OBRAS, ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, DEL AYUNTAMIENTO DE CABAN

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Anuncio nombramiento funcionarios de carrera que han superado el procedimiento selectivo para la promoción interna independiente de una plaza de Vigilante de Servicios, Infraestructuras y Obras, Escala de Administración Especial, del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.
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AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO


2162

Mediante decreto nº 0869/2021 de 08 de julio de 2021 y previa la tramitación legal correspondiente, la Alcaldía del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo ha dictado la resolución que se transcribe literalmente a continuación:

I.- Con fecha 25 de septiembre de 2020 fue aprobado el Decreto de Alcaldía1128/2020, por el que se autorizaba la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo, correspondiente al ejercicio 2020.

En dicho instrumento de planificación fue incluida una plaza vacante con el siguiente detalle:

PLAZA

ESCALA

SUBESCALA

GRUPO/SUBGRUPO

Nº PLAZAS

SISTEMA ACCESO

SISTEMA PROVISION

VIGILANTE DE SERVICIOS, INFRAESTRUCTURAS Y OBRAS

A.E.

SERVICIOS ESPECIALES

C1

1

PROMOCION INTERNA

CONCURSO/

CONCURSO-OPOSICIÓN

II.- Previa negociación colectiva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37.1 f) del TREBEP, se establecen los criterios generales para el impulso de los procedimientos selectivos de las plazas reservadas a la promoción interna de acuerdo a la citada OEP.

III.- Con fecha 19 de abril de 2021 se dicta el Decreto de Alcaldía 443/2021, por el que se aprueban bases reguladoras y se convoca el procedimiento selectivo para la promoción interna independiente de una plaza de vigilante de servicios, infraestructuras y obras, escala de administración especial, del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.

IV.- Con fecha 30 de junio el Tribunal de Selección, en tercera sesión, se constituye a fin de resolver la puntuación derivada de las fases de oposición, concurso y calificación definitiva, elevando a la Alcaldía propuesta de la relación de aprobados que han superado el proceso selectivo, conforme a la relación que se transcribe a continuación:

APELLIDOS Y NOMBRE

CALIFICACIÓN FINAL DEL PROCESO SELECTIVO.

RELACIÓN DE NOMBRAMIENTOS.

 

FASE DE OPOSICIÓN

FASE DE CONSURSO

TOTAL

Nº ORDEN

GARDEL VICENTE, PABLO

030****1*

51,00

21,36

72,36

1

V.- Con fecha 2 de julio de 2021 fue publicada la propuesta del Tribunal del Selección, por plazo de tres días naturales, a fin de que los aspirantes pudieran solicitar la revisión o plantear reclamaciones a los resultados publicados.

VI.- Finalizado el plazo, sin que se haya formulado reclamaciones, la propuesta de puntuación del Tribunal de Selección se entiende elevada a definitiva, sin necesidad de nuevo pronunciamiento al respecto.

VII.- La resolución definitiva del nombramiento se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, teniendo en cuenta que dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

VIII.- En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados en el Boletín Oficial de la Provincia, los aspirantes propuestos aportarán los documentos exigidos en la base novena, siempre que no obren en poder de la administración o que no hubieren permitido su consulta en la presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

IX.- Las personas aspirantes nombradas deberán tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del nombramiento. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, acreditadas y aceptadas por esta administración, no tomen posesión, perderán todos sus derechos derivados del acto de nombramiento.

X.- En uso de las facultades que me confiere el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del artículo 24.d) del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, en los que se otorga la competencia para desempeñar la jefatura de todo el personal y demás normativa de concordante aplicable, RESUELVO:

PRIMERO. – Aprobar la relación de aspirantes aprobados que han superado el procedimiento selectivo para la promoción interna independiente de una plaza de vigilante de servicios, infraestructuras y obras, escala de administración especial, del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo; y aprobar el nombramiento como funcionario de carrera de las personas propuestas por el Tribunal de selección constituido conforme al Decreto de Alcaldía 649/2021, de 25 de mayo:

APELLIDOS Y NOMBRE

CALIFICACIÓN FINAL DEL PROCESO SELECTIVO.

RELACIÓN DE NOMBRAMIENTOS.

 

FASE DE OPOSICIÓN

FASE DE CONSURSO

TOTAL

Nº ORDEN

GARDEL VICENTE, PABLO

030****1*

51,00

21,36

72,36

1

SEGUNDO.- A la vista de la Base séptima, párrafo 8º, y teniendo en cuenta que en el proceso selectivo solo concurre un aspirante aprobado para la única plaza vacante convocada en dicho proceso, se omite el ofrecimiento de plaza recogido en la resolución, de forma que la propuesta de nombramiento se entenderá automáticamente referida al siguiente puesto de trabajo:

PLAZA

Nº REF. RPT

ESCALA

SUBESCALA

GRUPO/SUBGRUPO

VIGILANTE DE SERVICIOS, INFRAESTRUCTURAS Y OBRAS

 

56

 

A.E.

SERVICIOS ESPECIALES

C1

TERCERO.- Autorizar y disponer el gasto correspondiente a la plaza que es objeto de cobertura, con cargo a las partidas presupuestarias: 151.120.03, 151.121.00, 151.121.01, y 151.120.06.

CUARTO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en la Base séptima, párrafo noveno. Dicha publicación surtirá los mismos efectos que la notificación en atención a lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

QUINTO.- Emplazar a los aspirantes nombrados a tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del nombramiento. Quienes, dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, acreditadas y aceptadas por esta administración, no tomen posesión, perderán todos sus derechos derivados del acto de nombramiento.

Con carácter previo a la toma de posesión los aspirantes propuestos deberán aportar los documentos que a continuación se relacionan, siempre que no obren en poder de la administración, o que no hubieren permitido su consulta en la presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo:

a) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario/a en el que hubiese sido separado/a o inhabilitado/a.
b) Título/os o testimonio del título/os exigidos en la convocatoria para ser admitidos, así como cualquier otro que hubiera sido valorado en el proceso selectivo como mérito evaluable.
c) En el supuesto de personas con discapacidad, una vez producido el llamamiento, y con carácter previo a la toma de posesión, el aspirante deberá aportar Certificado emitido por los órganos competentes de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha acreditando la compatibilidad de su discapacidad con el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo.
d) Documento en el que el aspirante ejerza en su caso la opción de puestos vacantes a la vista del listado publicado por el Tribunal conforma a lo establecido en la base anterior.
e) Los aspirantes que tengan la condición de empleado público en una administración distinta a la de la convocante, deberán aportar, además de la documentación del apartado anterior, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su administración de origen.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Real Decreto364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria o del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas no podrán ser nombrados/as, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.

SEXTO.- Contra la presente resolución podrá interponerse Recurso Potestativo de Reposición ante esta Alcaldía en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o bien interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa). En el caso de interposición de Recurso de Reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio.

No obstante, los interesados podrán presentar cualquier otro Recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

En Cabanillas del Campo, a 8 de julio de 2021.El Alcalde, José García Salinas

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