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Lunes, 05 Julio 2021 08:07

ANUNCIO DEFINITIVO ORDENANZAS CEMENTERIO

2082

anuncio definitivo ordenanzas cementerio
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AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE DUEÑAS


2082

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«Visto el informe de Secretaría sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir para la aprobación de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de de LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL

Visto el proyecto elaborado por los Servicios Municipales de Secretaria, de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL.

Visto el Informe de Secretaría y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno adopta por unanimidad el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de de LA TASA DE CEMENTERIO MUNICIPAL con la redacción que a continuación se recoge:

…”ART. 6: CUOTA TRIBUTARIA

La cuota tributaria se determinará por aplicación de la siguiente Tarifa:

Epígrafe 1º. Asignación de sepultura, nichos y columbarios:

  1. MIL EUROS //1000.-€// POR INHUMACIÓN”...

SEGUNDO. Someter dicha modificación de la Ordenanza municipal a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto».

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo de GUADALAJARA en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Campillo de Dueñas a 22 de junio de 2021. El Alcalde-Presidente, Fdo.: Arturo Martínez Herranz

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