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Jueves, 17 Junio 2021 08:06

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA

1907

APROBACION DEFINITIVA DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE INCREMENTO DEL VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
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AYUNTAMIENTO DE EL CUBILLO DE UCEDA


1907

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la modificación de la Ordenanza municipal reguladora del Impuesto sobre el incremento del Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana cuyo texto modificado se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local:

 “Articulo 14.

Asimismo, se establecen las siguientes bonificaciones en la cuota tributaria en las transmisiones de terrenos y constitución de derechos reales de goce limitativos del dominio realizadas a titulo lucrativo por causa de muerte a favor de los descendientes y adoptado, cónyuges y ascendientes y adoptantes, de acuerdo con el siguiente desglose de porcentajes de bonificación en función del valor del suelo de naturaleza urbana objeto de tales transmisiones:

  1. Valor catastral del suelo superior a 50.000 euros e inferíor a 75.000,00 euros:  45% bonificación en la cuota tributaria.
  2. Valor catastral del suelo superior a 75.000 euros e inferíor a 100.000,00 euros:  55% bonificación en la cuota tributaria
  3. Valor catastral del suelo superior a 100.000 euros e inferíor a 150.000,00 euros:  65% bonificación en la cuota tributaria
  4. Valor catastral del suelo superior a 150.000 euros e inferíor a 200.000,00 euros:  75% bonificación en la cuota tributaria
  5. Valor catastral del suelo superior a 200.000 euros: 85% bonificación en la cuota tributaria.”

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En El cubillo de Uceda a 15 de junio de 2021, El Alcalde, Teodoro Serrano Nuñez

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