AYUNTAMIENTO DE ROMANONES
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial apro
batorio de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de agua potable domiciliaria cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.““Artículo 5º.- Cuota Tributaria
(…) 3. La cuota tributaria a exigir por la adquisición e instalación del equipo de medida es de 50 euros”
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de castilla la Mancha.
En Romanones a 21 de Mayo de 2021. El Alcalde Presidente d. José Antonio Ponce del Campo