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Viernes, 04 Junio 2021 08:06

BASES REGULADORAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A DEPORTISTAS DESTACADOS DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA EN EL AÑO 2021

1741

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DEPORTES
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DEPORTES


1741

 

BDNS (Identificación): 566929

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/ex/index) y en la Web de Diputación Provincial de Guadalajara (https://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-deportes).

Primera.-  Objeto.

1. El objeto de las presentes bases es regulación del procedimiento de  concesión de subvenciones dirigidas a deportistas destacados radicados en la provincia de  Guadalajara durante el ejercicio 2021 para el desarrollo de sus actividades deportivas.

 

Segunda.- Régimen jurídico y procedimiento de concesión

1. Las subvenciones se regirán por la presente convocatoria y, en lo no previsto en la misma, por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su Reglamento de desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial aprobada por el Pleno en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2004, las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.

2. El régimen de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva.

3. El procedimiento se tramitará de acuerdo con lo previsto en el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial.

 

Tercera.- Crédito presupuestario

1. Las subvenciones se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 341 48101 correspondiente al Presupuesto del ejercicio 2021 de la Diputación Provincial.

2. La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de 10.000,00 € (Diez mil euros). Con carácter general se establece una subvención máxima e individualizada por deportista de hasta 2.000,00€ (Dos mil euros).

 

Cuarta.- Gastos subvencionables

1. Serán subvencionables, con carácter general los gastos generados por la práctica deportiva de las personas beneficiarias entre el 1 de enero y el 30 de octubre de 2021.A los efectos de la presente convocatoria podrán ser considerados subvencionables los gastos derivados de los siguientes conceptos:

  • Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención para la participación en competiciones, que se realicen al inicio, en el transcurso o nada más finalizar la actividad deportiva.
  • Adquisición de material deportivo específico relacionado con la actividad practicada, imprescindible para el uso de la actividad que el deportista realiza.
  • Gastos de alojamiento y desplazamiento por asistencias a clinic fuera de su localidad de residencia, durante los días en que se desarrollen.
  • Gastos de entrada en instalaciones deportivas.
  • Cuotas del club al que este afiliado el deportista.
  • Gastos federativos (licencias y gastos de inscripción a competiciones).

2. Tendrán la consideración de gastos no subvencionables los que sean de carácter protocolario (cáterin, comidas, gastos particulares, etc.) y aquellos otros que no tengan como objetivo el interés deportivo.

3. Quedan excluidas de las subvenciones de la presente convocatoria las inversiones en obra civil o en material inventariable.

4. Sólo se podrán imputar como gastos subvencionables aquellos cuyo pago haya sido efectuado con anterioridad a la finalización del periodo de justificación previsto en la base decimosegunda.

5. En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior al valor de mercado.

 

Quinta: Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios, y por tanto solicitar las subvenciones:

1. Los deportistas que el día de la publicación de la convocatoria en el BOP sean mayores de 16 años.

2. Nacidos y/o residentes con al menos dos años de empadronamiento continuado en la provincia de Guadalajara.

3. Que participen  en deportes y modalidades olímpicas/paraolímpicas y no olímpicas siempre y cuando estén incluidas como federación deportiva en el CSD y que destaquen a nivel nacional o internacional en competiciones federadas, excluyéndose resultados en Deporte Escolar, resultados en Campeonatos de España por Comunidades Autónomas y Universitarios, y resultados en categoría Máster.

4. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la referida ley.

Se establecen las siguientes excepciones:

1. No podrán ser beneficiarios, aquellos deportistas que pertenezcan a clubes de la provincia de  Guadalajara que tengan un convenio firmado con la Diputación Provincial de Guadalajara.

2. Los beneficiarios menores de edad, al ser mayores de 16 años, no necesitan representación legal, pero estarán asistidos lógicamente en relación a esta convocatoria, por su padre, madre o tutor, que deberá firmar también en los documentos presentados tanto en la solicitud como en la justificación, junto al deportista.

 

Séptima.- Plazo y forma de presentación de solicitudes.

1. El plazo para la presentación de las solicitudes es hasta el 30 de septiembre de 2021.

2. Las solicitudes, junto con el resto de documentación necesaria, se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0. También podrán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara o en los registros a que hace referencia el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. La documentación que habrá de acompañarse a la solicitud de subvención (Anexo I y II) se presentará en formato de archivo PDF y será la siguiente:

  1. Fotocopia del DNI.
  2. Ficha de datos de terceros a nombre del deportista (Anexo III).
  3. Certificado o volante de empadronamiento con la fecha correspondiente que acredite dos años al menos de antigüedad.
  4. Certificado de la Federación de CLM o de la Federación Española correspondiente de los mejores resultados deportivos en el año 2021. 
  5. Currículum deportivo del solicitante del año 2021. 
  6. Declaración responsable de cumplimiento de los requisitos exigidos (Anexo IV)

La documentación a presentar será original o copias autenticas en papel o en formato de archivo PDF al objeto de garantizar el acceso a la misma.

4. Con la presentación de la solicitud se presume la aceptación incondicionada de las bases de la convocatoria, así como los requisitos y obligaciones que contienen en las mismas.

5. Si la solicitud no reúne los requisitos indicados en el apartado anterior, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

Guadalajara, a 1 de junio de 2021. El Presidente, José Luis Vega Pérez

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