Imprimir esta página
imagen no encontrada
Martes, 01 Junio 2021 08:06

CONVOCATORIA DE AYUDAS DE EMERGENCIA PARA EL PAGO DE COMEDOR ESCOLAR DEL CURSO 2021/2022.

1723

Convocatoria de ayudas para pago del comedor escolar
Descargar pdf Anuncio

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA TORRE


1723

 

BDNS: Extracto nº 87050 de la convocatoria con código 566474 

Visto que con fecha 25 de septiembre del 2014 el Ayuntamiento en Pleno aprobó la Ordenanza reguladora de las ayudas de emergencia social municipales y prevención de la exclusión social cuyo texto íntegro se publicó en el BOP de fecha 29 de diciembre de 2014 número 156.

Visto que el 25 de noviembre de 2015 el Pleno del Ayuntamiento aprobó la modificación de la Ordenanza municipal de las bases reguladoras para ayudas de emergencia social municipales y prevención de la exclusión social entre las que se incluye el pago del comedor escolar y cuyas bases reguladoras modificadas se publicaron en el BOP de fecha 26 de febrero de 2016 número 25.

Visto que el 1 de junio de 2016 se volvió a aprobar por el Pleno del Ayuntamiento otra modificación de dicha Ordenanza, publicada en BOP del 24 de agosto de 2016 número 102.

En virtud de las atribuciones que me confiere el art. 21 de la Ley 7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y demás disposiciones concordantes de vigente aplicación. POR ESTE MI DECRETO VENGO A RESOLVER:

PRIMERO. - Convocar la concesión de ayudas para el pago de comedor para el curso escolar 2021/2022.

SEGUNDO. - El crédito presupuestario necesario para atender los gastos derivados de esta convocatoria se encuentra consignado en la aplicación presupuestaria del presupuesto para el ejercicio 2021 2021/05/2310/48901 por importe total de 1.800,00 euros, y para el ejercicio 2022 (enero a junio) 3.700,00 €. La autorización del gasto para el ejercicio 2022 queda subordinada al crédito que para este ejercicio autorice el presupuesto de 2022.

El citado importe podrá ser incrementado como consecuencia de una transferencia, generación, una ampliación o una incorporación de crédito, que no requeriría de una nueva convocatoria, de conformidad con lo previsto en el artículo 58, apartado 2, letra a), punto cuarto, del Reglamento de la Ley de Subvenciones.

Dicha cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, como consecuencia de las circunstancias antes señaladas y previa aprobación de la modificación presupuestaria procedente, en un momento anterior a la resolución de concesión de las subvenciones.

TERCERO. - La presentación de solicitudes podrá realizarse durante todo el ejercicio económico a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

CUARTO. - Nombrar a los siguientes miembros de la Comisión de Valoración:

TITULARES

Presidente: Antonio Cámara Alves
Vocal: Esther Felipe Zaragoza
Vocal: Nieves García García
Secretario: Mª José Pérez Alcaraz

SUPLENTES:

Esmeralda Segovia Arroba, Laura Durán Guillamas.

QUINTO.– Los criterios de valoración serán los fijados en la Ordenanza reguladora de estas subvenciones publicada en BOP de fecha 29 de diciembre de 2014 número 156 y las modificaciones de la Ordenanza publicadas en BOP de fecha 26 de febrero de 2016 número 25 y 24 de agosto de 2016 número 102.

SEXTO.- Ordenar la tramitación de la convocatoria a través de la BDNS.

SÉPTIMO.- Ordenar la publicación del Decreto en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, Centro Social y Zona Joven, así como en la web municipal.

OCTAVO. - Dar cuenta al Pleno, en la primera sesión que celebre.

En Villanueva de la Torre, a 26 de mayo de 2021. La Alcaldesa, Sonsoles Rico Ordóñez.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Villanueva de la Torre
Visto 550 veces