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Lunes, 24 Mayo 2021 08:05

CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A MUNICIPIOS Y SUS BARRIOS/PEDANÍAS Y EATIM DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA CON POBLACIÓN INFERIOR A 1000 HABITANTES, PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, REHABILITACI

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Convocatoria y Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a Municipios y sus barrios/pedanías y EATIM de la provincia de Guadalajara con población inferior a 1000 habitantes, para la realización de obras de construcción, rehabilitación o mejora en infraestructuras de titularidad municipal durante el ejercicio 2021, con cargo al Fondo de Inversiones Municipales 2021.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA - SERVICIO DE CENTROS COMARCALES


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Código de identificación BDNS: 565231

Extracto del Acuerdo de 18 de mayo de 2021 de la Junta Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 16), por el que se aprueban las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones destinadas a municipios y sus barrios o pedanías y EATIM de la provincia de Guadalajara con población inferior a 1000 habitantes, para la realización de obras de construcción, rehabilitación o mejora en infraestructuras de titularidad municipal durante el ejercicio 2021, con cargo al fondo de Inversiones Municipales 2021 (FIM) de la Diputación Provincial de Guadalajara:

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero.- Beneficiarios

 1. Podrán solicitar subvenciones los MUNICIPIOS con población censada inferior a los 1.000 habitantes, así como para sus núcleos de población que tengan la consideración de barrios o pedanías, así como las Entidades Locales de Ámbito Territorial Inferior al Municipio (EATIM)  que cumplan el requisito de habitantes, de acuerdo a la BASE TERCERA.

 

Segundo.- Importe de las ayudas

1. El importe global máximo de las ayudas a conceder asciende a 6.648.000 euros,  que se realizará con cargo al Presupuesto de la Diputación Provincial de Guadalajara, con la siguiente distribución:

  1. 6.198.000.-euros en la aplicación presupuestaria 1501.76201
  2. 450.000.-euros en la aplicación presupuestaria 1501.76800

2. El importe individual máximo de las ayudas queda determinado en función del tipo de entidad y su población, teniendo en cuenta los datos de población a que se refiere el Real Decreto 1147/2020, de 15 de diciembre, por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020 (BOE nº 340 de 30.12.2020), de acuerdo con la siguiente tabla:

Beneficiarios

Importe máximo

Barrios y pedanías

7.000 €

EATIM

18.000 €

Municipios de hasta 100 habitantes

18.000 €

Municipios de 101 a 250 habitantes

24.000 €

Municipios de 251 a 999 habitantes

35.000 €

 

Tercero.- Gastos subvencionables

1. Será subvencionable UNA (1) ÚNICA INVERSIÓN EN OBRAS DE CONSTRUCCIÓN, REHABILITACIÓN O MEJORA en infraestructuras de competencia y titularidad municipal, pudiéndose llevar a cabo varias actuaciones en base a dicha inversión y con la misma finalidad, imputables al CAPÍTULO 6 INVERSIONES REALES de la clasificación económica de gastos recogida en la normativa vigente por la que se establece la estructura de los Presupuestos de las Entidades Locales (ORDEN EHA / 3565 / 2008, de 3 de diciembre), de acuerdo a la BASE QUINTA.

2. Serán subvencionables todos los gastos destinados a la inversión objeto de la subvención, realizados desde el 1 de enero de 2021 al 30 de noviembre de 2021.

3. A los efectos de lo previsto en esta base, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación determinado en la base décima, es decir, 30 de noviembre de 2021.

 

Cuarto.- Forma y plazo de presentación de solicitudes

1. Los MUNICIPIOS y EATIM que deseen acogerse a las ayudas deberán presentar de forma telemática, una única solicitud a través de la Sede Electrónica, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación en el BOP de la presente convocatoria, según el modelo de solicitud que se adjunta como ANEXO I.

2. Las solicitudes incluirán, conforme al ANEXO I, el OBJETO y las UBICACIONES de la inversión de la obra.

3. Junto al Anexo I se aportará Certificación expedida por el Secretario o Secretario-Interventor de la Entidad Local en el que se acredite la titularidad municipal y disponibilidad de la infraestructura, espacio o terrenos a los que va destinado el objeto de la subvención, así como, en su caso, de las autorizaciones o concesiones administrativas precisas para permitir el inicio de la actuación solicitada.

 

Quinto.- Otros datos.

El texto completo de la convocatoria y sus anexos estarán a disposición de los interesados en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara www.dguadalajara.es

En Guadalajara a 20 de mayo de 2021. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara: José Luis Vega Pérez

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