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Viernes, 07 Mayo 2021 08:05

APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN AL CONVENIO ADMINISTRATIVO ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DE AUÑÓN Y ALHÓNDIGA DE COLABORACIÓN EN PROCESO DE SELECCIÓN DE PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO Y COMPROMISOS DE REPARTO DE JORNADA LABORAL

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APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN AL CONVENIO ADMINISTRATIVO ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DE AUÑÓN Y ALHÓNDIGA DE COLABORACIÓN EN PROCESO DE SELECCIÓN DE PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO Y COMPROMISOS DE REPARTO DE JORNADA LABORAL
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AYUNTAMIENTO DE ALHÓNDIGA


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Tramitado por este Ayuntamiento Expediente con referencia 92/2020, al amparo de lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el Pleno de la Corporación, reunido en sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 2021 acordó, por mayoría absoluta de sus miembros, aprobar definitivamente la modificación del Convenio Administrativo entre los Ayuntamientos de Auñón y Alhóndiga de Colaboración en el proceso de Selección de una Plaza de Auxiliar Administrativo y Compromisos de reparto de jornada laboral, que fue firmado originariamente por ambas entidades locales con fecha 19 de enero de 2021 (publicación en BOP Nº 15 de fecha 25-01-2021), y cuyo texto íntegro se hace público a continuación.

 

TEXTO DE LA MODIFICACIÓN INTRODUCIDA AL CONVENIO ADMINISTRATIVO SUSCRITO INICIALMENTE CON FECHA 19-01-2021 ENTRE LOS AYUNTAMIENTOS DE AUÑÓN Y ALHÓNDIGA DE COLABORACIÓN EN EL PROCESO DE SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE AUXILIAR ADMINISTRATIVO Y COMPROMISOS DE REPARTO DE JORNADA LABORAL.

“PRIMERO.- Se establecen las siguientes modificaciones al vigente Convenio Administrativo entre Ayuntamientos de Auñón y Alhóndiga de Colaboración en proceso de Selección de una Plaza de Auxiliar Administrativo y Compromisos de reparto de jornada laboral:

-Se modifica el contenido de la ESTIPULACIÓN PRIMERA del Convenio, que queda redactada en lo sucesivo con el siguiente tenor literal: PRIMERA.- El presente Convenio tiene por objeto plasmar las condiciones por las cuales se llevará a cabo la colaboración entre las Entidades Locales de AUÑÓN y ALHÓNDIGA en la selección del personal que ocupará la única plaza de auxiliar administrativo existente en dichos Ayuntamientos, siendo esa selección bajo la forma de CONCURSO-oposición en turno libre.

-Se modifica el contenido de la ESTIPULACIÓN TERCERA. 1º. del Convenio, que queda redactada en lo sucesivo con el siguiente tenor literal: 1º.- Una vez aprobada la oferta pública de empleo y las bases de selección de la plaza de auxiliar administrativo por cada uno de los Ayuntamientos referidos en el primer párrafo del clausulado, será el Ayuntamiento de AUÑÓN quien se encargará de llevar a cabo todo el proceso de selección y toda la fase del CONCURSO-oposición, produciendo también plenos efectos esa selección en la Entidad Local Ayuntamiento de ALHÓNDIGA. Para ello, el Ayuntamiento de ALHÓNDIGA realiza la correspondiente encomienda de la gestión de la selección de dicho personal.

SEGUNDO.- Se mantienen el resto de las estipulaciones del Convenio original, en la forma en que figuran redactadas.“

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante el Pleno de este Ayuntamiento de ALHÓNDIGA, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento  Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en GUADALAJARA, en  el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Alhóndiga, a 4 de mayo de 2021. La Alcaldesa Presidente. Fdo.: Susana Macho Adalia

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