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Viernes, 07 Mayo 2021 08:05

APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA ICIO

1362

APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA
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AYUNTAMIENTO DE ALCOCER


1362

SUMARIO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Alcocer por el que se aprueba definitivamente la Modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de Instalaciones Construcciones y Obras.

TEXTO

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de Ordenanza Fiscal Reguladora de Instalaciones, construcciones y obras cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

« Art. 9.- BONIFICACIONES:

Al amparo de lo dispuesto en el apartado a) del artículo 103.2 del Texto Refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales, las construcciones, instalaciones u obras que se declaren de especial interés o utilidad municipal podrán gozar, siempre que se cumplan los requisitos sustanciales y formales que se establecen en esta Ordenanza, de una bonificación en la cuota del impuesto en los términos que se indican a continuación. Sobre la cuota íntegra se aplicará, previa solicitud del interesado, la bonificación siguiente:

- En la cuota que resulte de la liquidación del impuesto en supuesto de construcciones, u obras que tengan por objeto la rehabilitación o restauración de edificios catalogados o declarados B.I.C. por el órgano competente, se aplicará el 95% de bonificación.

La bonificación prevista en la presente ordenanza se aplicará a las construcciones, instalaciones y obras que obtengan licencia a partir de la entrada en vigor de la modificación.

Para poder disfrutar de los beneficios fiscales contemplados en la presente ordenanza, el sujeto pasivo beneficiario deberá estar al corriente en el pago de sus deudas con la Hacienda Municipal.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha con sede en Albacete.

Alcocer a 3 de mayo de 2021. El Alcalde: Borja Castro Cervigón

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