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Viernes, 19 Marzo 2021 08:03

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE DEROGACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VÍA PÚBLICA

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ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE Derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VÍA PÚBLICA
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AYUNTAMIENTO DE FONTANAR


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la DEROGACIÓN DE LA Ordenanza fiscal cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.:

Derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VÍA PÚBLICA:

“PRIMERO. Aprobar inicialmente la derogación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por INSTALACIÓN DE QUIOSCOS EN LA VÍA PÚBLICA, por los siguientes motivos: ya que se procede a incluir el Hecho Imponible en la modificación de la Ordenanza reguladora de la INSTALACIÓN DE PUESTOS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS, ATRACCIONES O RECREO, ASÍ COMO INSTALACIONES DEDICADAS A LA VENTA AMBULANTE EN TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL y así se simplifica la normativa municipal.

SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://fontanar.sedelectronica.es].

TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el Acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

En Fontanar, a 17 de marzo de 2021. Fdo.: El Alcalde, D. Víctor San Vidal Martínez

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