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Viernes, 05 Marzo 2021 08:03

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN TASA SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y TASA DE CEMENTERIO

569

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN TASA SUMINISTRO DE AGUA POTABLE Y TASA DE CEMENTERIO
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AYUNTAMIENTO DE ALGAR DE MESA


569

Acuerdo plenario del Ayuntamiento de Algar de Mesa de fecha 29-11-2018 por el que se aprueba la modificación de las ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por suministro de agua potable y la tasa de cementerio.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de las Ordenanzas fiscales reguladoras de la tasa por suministro de agua potable y la tasa de cementerio, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

“TASA SUMINISTRO DE AGUA POTABLE.

  • Importe usuario/año 50,00€ (IVA incluido)”.

“TASA CEMENTERIO.

  • Importe nicho empadronados 5 años o más: 1000,00€
  • Importe nicho empadronados menos de 5 años: 1300,00€.
  • Importe columbario empadronados 5 años o más: 200,00€
  • Importe columbario empadronados menos de 5 años: 350,00€”.

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.

En Algar de Mesa a 3 de marzo de 2021. El Alcalde. Juan Carlos Escolano Lázaro

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  • Municipios: Algar de Mesa
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