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Miércoles, 20 Enero 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

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En uso de las atribuciones que a la Alcaldía-Presidencia corresponden y a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 20.1.b), 21.2 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los ar­tícu­los 35.2, 43, 44, 46, 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

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Ayuntamiento de Azuqueca de Henares

 

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Anuncio DE ORGANIZACIÓN DEL Ayuntamiento

En uso de las atribuciones que a la Alcaldía-Presidencia corresponden y a tenor de lo dispuesto en los ar­tícu­los 20.1.b), 21.2 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y los ar­tícu­los 35.2, 43, 44, 46, 52 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,

RESUELVO

PRIMERO.- Dejar sin efecto el Decreto n.º 324, de 29 de junio de 2015.

SEGUNDO.- Nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local a los siguientes Concejales/as, que conformarán dicho órgano, junto con el Sr. Alcalde y bajo su presidencia:

- D.ª Elisa de Jesús Cansado Domínguez.

- D.ª María Rosario Martín Fernández.

- D. Juan Pablo Román Morales.

- D. Diego Parra Giménez.

- D.ª María Sagrario Bravo Duro.

- D.ª Rufina Fernández Jiménez.

- D.ª Carmen Luque Parejo.

TERCERO.- Nombrar Tenientes de Alcalde a los siguientes Concejales/as, con delegaciones genéricas en las Tenencias de Alcaldía que se les asignan y especifican:

- Primera Teniente de Alcalde: D.ª Elisa de Jesús Cansado Domínguez. Tenencia de Alcaldía de Área Cohesión.

- Segunda Teniente de Alcalde: D.ª María Rosario Martín Fernández. Tenencia de Alcaldía de Área Colaboración Ciudadana.

- Tercer Teniente de Alcalde: D. Juan Pablo Román Morales. Tenencia de Alcaldía de Área CIUDAD.

CUARTO.- Efectuar las delegaciones especiales de los servicios que se indican en los Concejales siguientes:

- D.ª María Rosario Martín Fernández:

• Colaboración Ciudadana.

• Promoción de la Salud.

• Servi­cios Comunitarios.

• Fiestas.

- D. Santiago Casas Lara:

• Limpieza Viana

• Recursos Humanos

- D.ª María Sagrario Bravo Duro:

• Cultura, Biblioteca y Archivo.

• Igualdad.

• Comercio y Consumo.

- D. Jesús de la Rúa González:

• Deportes.

• Vías y Obras.

• Jardinería.

- D.ª Elisa de Jesús Cansado Domínguez:

• Cohesión Social.

• Educación.

• Infancia.

- D. Julio García Moreno:

• Relaciones Institucionales.

• Vivienda.

- D.ª Rufina Fernández Jiménez:

• Promoción de los Mayores.

- D. Juan Pablo Román Morales:

• Urbanismo y Desarrollo Sostenible.

• Contratación.

• Edificios Municipales.

• Cooperación al Desarrollo.

- D.ª Carmen Luque Parejo:

• Juventud.

- D. Diego Parra Giménez:

• Impulso Tecnológico.

• Seguridad Ciudadana.

QUINTO.- Las delegaciones genéricas recogidas en el apartado tercero de la parte dispositiva de este Decreto abarcarán tanto la facultad de dirigir los servi­cios correspondientes como la de gestionarlos en general, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

SEXTO.- Las delegaciones especiales recogidas en el apartado cuarto de la parte dispositiva de este Decreto comprenderán la dirección interna y la gestión de los servi­cios correspondientes, pero no incluirán la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.

SÉPTIMO.- Notificar personalmente el presente Decreto a los designados, que se considerará aceptada tácitamente si, en el plazo de tres días hábiles, contados desde la notificación de este Decreto, el miembro u órgano destinatario de la delegación no hace manifestación expresa ante el órgano delegante de que no acepta la delegación.

OCTAVO.- Publicar este Decreto en el tablón de anuncios, BOP y la sede electrónica o página web, para dar cumplimiento a las obligaciones de publicidad activa en materia institucional y organizativa recogidas en el ar­tícu­lo 6 de la Ley 19/2013, de 10 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la firma de la Resolución por el Alcalde.

NOVENO.- Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento y a la Junta de Gobierno Local en la primera sesión que se celebre.

En Azuqueca de Henares a 7 de enero de 2016.– El Alcalde, José Luis Blanco Moreno.

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  • Municipios: Guadalajara
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