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Martes, 02 Febrero 2021 08:02

MODIFICACIÓN BASE DÉCIMA DE LAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A TITULARES DE MICROEMPRESAS DE HOSTELERÍA, GESTIÓN DE ESPECTÁCULOS, OCIO NOCTURNO Y OTROS SECTORES PARTICULARMENTE AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LA CRISIS COVID-19

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MODIFICACIÓN BASE DÉCIMA DE LAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A TITULARES DE MICROEMPRESAS DE HOSTELERÍA, GESTIÓN DE ESPECTÁCULOS, OCIO NOCTURNO Y OTROS SECTORES PARTICULARMENTE AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LA CRISIS COVID-19.
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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En fecha veintiseis de enero de 2021 la Junta de Gobierno Local de este Excmo. Ayuntamiento adoptó acuerdo cuyo tenor literal es el siguiente:

EXPEDIENTE 13029/2020. MODIFICACIÓN BASE DÉCIMA DE LAS REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A TITULARES DE MICROEMPRESAS DE HOSTELERÍA, GESTIÓN DE ESPECTÁCULOS, OCIO NOCTURNO Y OTROS SECTORES PARTICULARMENTE AFECTADOS POR LOS EFECTOS DE LA CRISIS COVID-19.

A la vista de la propuesta de Dª Sara Simón Alcorlo, Concejala Delegada-2ª Teniente de Alcalde, relativa a la modificación de la base décima de las reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a titulares de microempresas de hostelería, gestión de espectáculos, ocio nocturno y otros sectores particularmente afectados por los efectos de la crisis COVID-19, aprobadas junto con la convocatoria por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 7 de octubre de 2020, la Junta de Gobierno Local por unanimidad de sus miembros presentes, acuerda:

Modificar la base décima de las reguladoras de la concesión de subvenciones dirigidas a titulares de microempresas de hostelería, gestión de espectáculos, ocio nocturno y otros sectores particularmente afectados por los efectos de la crisis COVID-19, que queda redactada como sigue:

"El beneficiario deberá presentar cuenta justificativa, de acuerdo con el anexo Cuenta Justificativa de la presente convocatoria, comprensiva de los gastos a los que se ha aplicado la ayuda junto con los justificantes de gasto por importe igual o superior al de la subvención concedida, antes del 1 de marzo de 2021. Se admitirá como gasto auxiliable todo aquel relacionado directamente con la actividad económica que haya motivado la concesión de ayuda y que se haya producido entre los meses de marzo y diciembre de 2020, ambos incluidos."

En Guadalajara, a 26 de enero de 2021. La Secretaría de la Junta de Gobierno Local. Dª Lucía de Luz Pontón

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