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Viernes, 18 Diciembre 2020 08:12

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS

3401

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS
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AYUNTAMIENTO ALMOGUERA


3401

 

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la “Ordenanza reguladora de las Bases para el Otorgamiento de Ayudas para la Realización de Estudios”, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

“MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LAS BASES PARA EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS”

TERCERA.- CUANTÍA DE LAS AYUDAS.

El Ayuntamiento otorgará, con carácter general, ayudas por los siguientes importes, en atención al grado de estudios cursado.

 

CURSO                                                                                              EUROS/NIÑO/AÑO

1º.- INFANTIL (3 A 6 AÑOS)........................................................350 EUROS

2º.- PRIMARIA

                    1º Y 2º...........................................................................300 EUROS
                    3º Y 4º...........................................................................300 EUROS
                    5º Y 6º...........................................................................300 EUROS

3º.- E.S.O.

                   1º Y 2º............................................................................300 EUROS
                   3º Y 4º............................................................................300 EUROS

4º.- BACHILLER

                   1º Y 2º............................................................................ 300EUROS

5º.- DIVERSIFICACIÓN ...............................................................300 EUROS

6º.- CICLO FORMATIVO GRADO MEDIO.-FP I........................450 EUROS

7º.- CICLO FORMATIVO GRADO SUPERIOR.-FP II................450 EUROS

8º.- ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DEL PLAN ANTIGUO Y ESTUDIOS DE GRADO ………………………………............…………………............ 650 EUROS

En el caso de que el estudiante padezca una minusvalía física o psíquica la cuantía de la ayuda se incrementará en un sesenta por ciento más teniendo que presentar los progenitores el Certificado médico acreditativo de la minusvalía”

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Almoguera, a 16 de Diciembre de 2020 .El Alcalde. Fdo.: D. Luis Padrino Martínez.

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