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Lunes, 14 Diciembre 2020 08:12

APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

3350

Aprobación de Modificación definitiva Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre bienes Inmuebles
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AYUNTAMIENTO DE ROBLEDILLO DE MOHERNANDO


3350

Aprobado por el Pleno de este Ayuntamiento de Robledillo de Mohernando, en sesiones celebradas los días 24 de junio y 7 de octubre de 2020, el expediente de modificación de la Ordenanza Fiscal y sus tipos de gravamen, relativa al IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES y no habiéndose presentado reclamaciones al respecto durante el periodo de exposición pública, se ha elevado a definitivo el acuerdo.

Para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 17.4 del Texto Refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publican las modificaciones de la Ordenanza Fiscal que figuran a continuación, para su vigencia y posible impugnación jurisdiccional.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

El artículo 2 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles queda redactado de la siguiente forma:

Art. 2.1.: El tipo de gravamen del Impuesto sobre bienes Inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana queda fijado en el 0,4%.

2.2.: El tipo de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza rústica queda fijado en el 0,45%.

2.3.: El tipo de gravamen del Impuesto de Bienes Inmuebles aplicable a los bienes inmuebles de características especiales queda fijado en el 1,30 %.

Esta  modificación, una vez publicado el texto íntegro de la misma, entrará en vigor el día 1 de enero de 2021.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa y que contra el mismo, conforme al artículo 19 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.

En Robledillo de Mohernando a 9 de diciembre de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Ángel Álvarez Almazán

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