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Jueves, 10 Diciembre 2020 08:12

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN FORMA DE BECAS DESTINADAS A LA REALIZACIÓN DE ESTUDIOS REGLADOS DURANTE EL AÑO 2019-2020

3306

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA para la concesión de subvenciones en forma de becas destinadas a la realización de estudios reglados durante el año 2019-2020
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AYUNTAMIENTO DE TRILLO


3306

Expediente nº 461/2020 

BDNS(Identif.):537094

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/537094)

 

1. VIGENCIA.

La presente convocatoria será aplicable a los a los estudios académicos reglados cursados en 2019/2020.

 

2. REQUISITOS GENERALES

1º.- Estar empadronados en Trillo, tanto el alumno como al menos uno de sus padres o tutores, con una antigüedad mínima de 2 años contados desde que finalice el plazo de presentación de solicitudes de concesión de becas para estudios. En el supuesto de solicitantes que sean mayores de edad emancipados que conformen una unidad familiar independiente y puedan demostrar esta situación, sólo se exigirá este extremo respecto a éstos.

2º.- Estar al corriente de pago, en el momento de la solicitud, tanto el alumno como sus padres o tutores, de las obligaciones fiscales y tributarias municipales. En el supuesto de solicitantes que sean mayores de edad emancipados que conformen una unidad familiar independiente y puedan demostrar esta situación, sólo se exigirá este extremo respecto a éstos. Los solicitantes que sean mayores de edad emancipados y conformen una unidad familiar independiente a la de sus padres deberán acreditarlo aportando la siguiente documentación:?Acreditar independencia familiar: aportando justificante de la titularidad o alquiler del domicilio.?Acreditar independencia económica: justificando los ingresos de 2019 a través de la Declaración de la Renta del Ejercicio 2019 o en el caso de que el solicitante no estuviera obligado a presentarla, se aportará un certificado negativo de Renta, de la Agencia Tributaria que incluya las imputaciones del ejercicio.

 

3. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las solicitudes junto con la justificación se presentarán en el Registro del Ayuntamiento en el modelo que se facilite para tal efecto. Se deberá presentar la documentación exigida en el artículo 7 y para lo que corresponda la regulación de cada capítulo.El plazo de presentación de solicitudes de este curso se iniciará el 15/12/2020 y finalizará el 15/01/2021, ambos incluidos, y se hará público a través del Tablón de anuncios del Ayuntamiento.

 

4. PAGO DE LAS SUBVENCIONES. 

El pago de la subvención se realizará tras la presentación de la justificación correspondiente.

 

5. IMPORTE BECAS ESTUDIOS SUPERIORES. 

A) Grados

1º.- La cuantía de la beca será del 60% del precio de la matrícula efectivamente abonada, y sólo para asignaturas aprobadas en primera convocatoria, una vez que se certifique el aprobado de dicha asignatura, hasta un máximo de 1.200,00 euros.

2º.- Se concederá una cuantía en concepto de ayuda escolar, en función de los créditos superados, con las siguientes cantidades:

  • Hasta 15 créditos aprobados……….….100,00 euros
  • De 16 a 30 créditos aprobados……….200,00 euros
  • De 31 a 45 créditos aprobados……….300,00 euros
  • A partir de 46 créditos………………......400,00 euros3º.
  • Asimismo, se concederá una ayuda máxima de 200,00 euros para adquisición de libros de texto, tanto en formato papel como en formato electrónico o digital, de las asignaturas matriculadas en el curso becado, siempre y cuando se aporte factura de curso legal a nombre del alumno becado, si su importe es igual o superior a dicha cantidad; o por el importe de la factura si ésta no llegase a 200,00 euros.

B) Masters y estudios de Doctorado

1º.- La cuantía de la beca será de 1.000,00 euros por curso completo matriculado, si el importe abonado en concepto de matrícula es igual o superior a dicha cantidad; o por el importe de la cantidad abonada si ésta no llega a los 1.000,00 euros, una vez se presente certificado de la aprobación de dichos estudios.En todo caso el límite de años becados será de dos para los Masters Públicos y Privados Oficial y de tres para los Doctorados.

 

6. IMPORTE BECAS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO MEDIO Y SUPERIOR 

Importe de la becaa) La cuantía de la beca será una ayuda escolar de 500,00 euros si se cumplen los requisitos establecidos en la presente convocatoria.b) Asimismo, se concederá una ayuda máxima de 200,00 euros para adquisición de libros de texto, tanto en formato papel como en formato electrónico o digital, de las asignaturas matriculadas en el curso becado, con presentación de factura de curso legal a nombre del alumno becado o de sus padres o tutores si fuese menor de edad, si su importe es igual o superior a dicha cantidad; o por el importe de la factura si ésta no llega a 200,00 euros.c) Los estudiantes de Ciclos Formativos que realicen estos estudios a distancia, tienen derecho a beca si cumplen todos los requisitos exigidos expresados para quienes los realizan de forma presencial.

 

7. IMPORTE BECAS BACHILLERATO

  1. Una ayuda de 300,00 euros para adquisición de libros de texto, tanto en formato papel como en formato electrónico o digital, de las asignaturas matriculadas en el curso becado, con presentación de la factura, si su importe es igual o superior a dicha cantidad; o por el importe de la factura si ésta no llega a 300,00 euros.
  2. Una ayuda escolar de 150,00 euros. Los estudiantes de Bachillerato que repitan curso NO tendrán derecho a ninguna ayuda.

En Trillo, a 2 de diciembre de 2020: El Alcalde: Jorge Peña García

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