Ayuntamiento de Illana
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En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario fecha 17 de octubre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/ 2015 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo
Altas en aplicaciones de gastos |
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Aplicación presupuestaria |
N.º |
Descripción |
Euros |
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Progr. |
Económica |
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9 |
920 |
121 |
Retribuciones complementarias 50% paga extraordinaria diciembre 2012 |
5.755,52 € |
TOTAL GASTOS |
5.755,52 € |
Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos |
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ECONÓMICA |
N.º |
Descripción |
Euros |
Concepto |
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Remanente de tesorería |
5.755,52 |
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TOTAL INGRESOS |
5.755,52 |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Illana a 30 de noviembre de 2015. .– El Alcalde, Francisco Javier Pérez del Saz.