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Miércoles, 18 Noviembre 2020 08:11

APROBACIÓN DEFINITIVA DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITO TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE DIFERENTES AREAS DE GASTO

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APROBACION DEFINITIVA DE MODIFICACION DE CREDITO: TRANSFERENCIA DE CREDITO ENTRE DIFERENTES AREAS DE GASTO
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AYUNTAMIENTO DE MARCHAMALO


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No habiéndose producido reclamaciones contra el acuerdo de aprobación inicial del expediente nº 1031/2020 de TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE DIFERENTES ÁREAS DE GASTO, aprobado en sesión plenaria de 06 de octubre , y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia nº 198 de fecha 20/10/2020, queda elevado a definitivo, en los términos que constan a continuación:

Aplicaciones de Gastos que se incrementan

Progr.

Econ.

Descripción

Créditos iniciales

Altas de crédito

9200

21200

Mantenimiento edificios Adm. Gral.

200,00

10.000,00

9200

21301

Reparaciones y actuación: prevención riesgos laborales

5.000,00

16.600,00

9200

22104

Vestuario Adm. Gral.

10.000,00

20.000,00

9200

22699

Otros gastos diversos

2.500,00

35.000,00

9200

22706

Estudios y trabajos técnicos. Redacción de proyectos

 20.000,00

20.000,00

 

 

Total área de gasto 9

 

101.600,00

TOTALES

101.600,00

Aplicaciones de Gastos que se minoran

Aplicación

Denominación

Créditos iniciales

Bajas de crédito

1500.13000

Retribuciones básicas

34.680,00

19.000,00

1500.16000

Seguridad Social

24.356,00

6.000,00

 

Total área de gasto 1

 

25.000,00

323.13000

Retribuciones básicas

39.472,00

39.400,00

323.16000

Seguridad Social

14.683,00

14.500,00

3340.62509

Equipamiento Ateneo

20.000,00

9.000,00

3341.632

Acondicionamiento Casa Juventud

8.000,00

5.000,00

3410.22608

Memorial Antonio Murillo

5.000,00

5.000,00

3410.22613

Milla Urbana

4.000,00

3.700,00

 

Total área de gasto 3

 

76.600,00

TOTALES

101.600,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 177.2, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción. Sin perjuicio de ello, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Marchamalo, a 11 de noviembre de 2020. El Alcalde. Rafael Esteban Santamaría

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