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Viernes, 13 Noviembre 2020 08:11

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS A LA FAMILIA DEL AYUNTAMIENTO DE ALOVERA 2020

2973

EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE AYUDAS A LA FAMILIA DEL AYUNTAMIENTO DE ALOVERA 2020
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AYUNTAMIENTO DE ALOVERA


2973

Texto ES: BDNS(Identif.): 532389

Extracto de la Resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Alovera, por la que se aprueba la convocatoria pública de ayudas a la familia del Ayuntamiento de Alovera 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo pue de consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index ).

 

Primero.- Objeto

1. Otorgar prestaciones económicas para atender situaciones de necesidad social de carácter individual o familiar.

Se entiende por situación de necesidad aquella motivada por circunstancias sociales que produzcan una carencia de recursos que imposibiliten el normal desenvolvimiento en su vida diaria, siendo preceptiva la valoración de la situación de necesidad a través de Informe Social de los Servicios Sociales Municipales.

Estas ayudas deben y tienen que ser consideradas como un instrumento dentro de la intervención social, y no como un fin en sí mismas por lo que tienen que estar necesariamente incardinadas en un proceso de intervención social que incluya un análisis completo de la situación familiar e individual.

2. El importe de la subvención será aplicable a los gastos generados directamente para los que se concede la misma.

3. Se considerarán gastos subvencionables aquellos que de manera indubitada respondan a la tipología de las ayudas siguientes:

  1. Necesidades básicas: Alimentación incluido el servicio de comida a domicilio, vestido, farmacia, etc.
  2. Vivienda: Alquiler e hipoteca.
  3. Suministros de la vivienda: Luz, gas y agua.
  4. Salud: Gafas, audífonos, dentista y tratamientos específicos de salud acreditados medicamente y que no cubra el sistema nacional de salud tales como tratamientos de rehabilitación necesarios.
  5. Equipamiento para la vivienda habitual y necesidad de reparaciones menores necesarias para mantener la vivienda digna o por causas de especial vulnerabilidad familiar y/o peligrosidad para sus habitantes.
  6. Transporte
  7. Material escolar
  8. Otras necesidades sociales previa valoración de las Trabajadoras Sociales

 

Segundo.- Bases reguladoras

La concesión de estas subvenciones se enmarcan dentro las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la familia, aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento el 29 de junio de 2020 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara núm. 151 de 11 de agosto de 2020.

Tercero.- Cuantía de la ayuda

1. Las subvenciones que se concedan al amparo de esta convocatoria, se imputarán a la aplicación presupuestaria 231 48000 “Plan de Ayuda a la Familia” cuyo importe asciende 15.000,00 euros.

2. La cuantía anual máxima de las ayudas será la siguiente en función del número de miembros de la familia, cuya tramitación se hará preferentemente en varios pagos en función de las necesidades y previa justificación del pago anterior:

Número de miembros de la familia

Cuantía anual máxima

Familias unipersonales

1.000,00 €

Familia de 2 miembros

1.200,00 €

Familia de 3 miembros

1.400,00 €

Familia de 4 miembros en adelante

1.600,00 €

3. Ayudas extraordinarias a la familia

Ayudas de carácter excepcional para personas que acrediten Dependencia con grado II y III si requiere un tratamiento médico no cubierto por los sistemas de protección. Con un máximo de 1.600,00 euros.

 

Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como página web, que tendrá lugar una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, y estará abierto hasta el día 31 de diciembre del ejercicio al que corresponde la convocatoria.

Alovera, 10 de noviembre de 2020. La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego

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