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Martes, 10 Noviembre 2020 08:11

RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO SOBRE APROBACIÓN DEL CANON DE REGULACIÓN DE EL SORBE. AÑO 2021

2892

Resolución de aprobación
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CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


2892

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 302 del Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, y una vez finalizado el periodo de información pública y no haberse presentado ninguna reclamación al respecto, esta Presidencia ha resuelto aprobar los siguientes valores:

  • Usuarios de abastecimiento y otros usos de la cuenca del Tajo..............................0,012483 €/m3
  • Usuarios de riego de la cuenca del Tajo......................................................................25,85 €/ha
  • Usuarios hidroeléctricos de la cuenca del Tajo...................................................0,000743 €/kwh
  • Usuarios no consuntivos de la cuenca del Tajo......................................................0,000831 €/m3

Conforme a lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas, la presente resolución tiene carácter económico-administrativo, por lo que podrá interponerse contra la misma recurso potestativo de reposición o reclamación económico-administrativa para su remisión, esta última ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional, sin que sea posible simultanear estas dos vías de impugnación. Ambos recurso deberán dirigirse a la Confederación Hidrográfica del Tajo y presentarse dentro del mes siguiente a la publicación de la presente Resolución.

Madrid, 26 de octubre de 2020. El Presidente, D. Antonio Yañez Cidad

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