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Jueves, 06 Agosto 2020 08:08

EXTRACTO DEL EXPEDIENTE 1892/2020. BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LOS GRUPOS DE TEATRO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA PARA EL MONTAJE DE REPRESENTACIONES TEATRALES AÑO 2020.

2017

Extracto del Acuerdo de 07 julio 2020 de la Junta Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 6), aprobando el EXPEDIENTE 1892/2020. BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A LOS GRUPOS DE TEATRO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA PARA EL MONTAJE DE REPRESENTACIONES TEATRALES AÑO 2020.
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DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE CULTURA.


2017

BDNS (Identif.): 518564

Extracto del Acuerdo de 07 julio 2020 de la Junta Gobierno de Diputación Provincial de Guadalajara (punto nº 6), aprobando el Expediente 1892/2020. bases de la Convocatoria de subvenciones a los grupos de teatro de la provincia de Guadalajara para el montaje de representaciones teatrales Año 2020.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en la página web de la Diputación Provincial de Guadalajara (http://www.dguadalajara.es/web/guest/subvenciones-cultura).

Primero. Beneficiarios.-

  1. Podrán ser beneficiarios, y por tanto solicitar las subvenciones, los Grupos de Teatro aficionados legalmente constituidos como asociación o que sean dependientes de asociaciones, en ambos casos inscritas en el Registro General de Asociaciones de Castilla-La Mancha que tengan su sede o domicilio principal en Guadalajara.
  1. Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la referida ley.

Segundo. Objeto.-

  1. El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de concesión de subvenciones dirigidas a grupos de teatro de la provincia de Guadalajara para el montaje de representaciones teatrales durante el año 2020.
  1. Estas subvenciones tienen por finalidad fomentar el montaje y puesta en escena de representaciones teatrales y/o lecturas escenificadas de obras teatrales, preferentemente de autores nacidos en la provincia o vinculados a ella a través de su vida y/o su obra, así como fomentar la creación y actividad de los grupos de teatro aficionados de la provincia de Guadalajara.

Tercero.- Bases Reguladoras.-

Ordenanza General Reguladora de la concesión de subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara, aprobada por el Pleno de la corporación provincial en sesión celebrada el 29 de marzo de 2004 y publicada en el BOP de Guadalajara nº 59, de fecha 17 de mayo de 2004, y en la url: https://transparencia.dguadalajara.es/ordenanza/ordenanza-general-de-subvenciones/. Esta Convocatoria está recogida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Guadalajara para el periodo 2020-2022, aprobado por el Pleno de la Corporación el 27 de febrero de 2020, y publicado en el BOP de Guadalajara nº 53, de fecha 17 de marzo de 2020 en la siguiente url: https://boletin.dguadalajara.es/boletin/index.php/2-anuncios/37592-PLAN-ESTRAT?GICO-DE-SUBVENCIONES-20202022

Cuarto.- Cuantía.-

  1. Las subvenciones se financiarán con cargo a la partida presupuestaria 334 48002 correspondiente al Presupuesto del ejercicio 2020 de la Diputación Provincial.
  1. La cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de DOCE MIL (12.000) euros. 
  1. El importe de las subvenciones, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.-

  1. El plazo para la presentación de las solicitudes es de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
  1. Las solicitudes, junto con el resto de documentación necesaria, se presentarán preferentemente de forma telemática a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara https://dguadalajara.sedelectronica.es/info.0. También podrán presentarse en el Registro General de la Diputación Provincial de Guadalajara o en los registros a que hace referencia el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  1. A la solicitud, presentada por el representante legal de la asociación conforme al modelo adjunto en el Anexo I, se acompañará la siguiente documentación:

a) Proyecto o Memoria del montaje teatral que se pretenda realizar, en el que se especificará el presupuesto económico del mismo.

b)Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

c) Fotocopia del documento de Identificación Fiscal de la entidad solicitante

d) Acreditación documental de la inscripción en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

e) Acreditación de la representación legal  y fotocopia del DNI de la persona que realiza la solicitud en nombre de la asociación

  1. Si la solicitud no reúne los requisitos indicados en el apartado anterior, el órgano instructor requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, indicándole que si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución.

Sexto. Otros datos.- Criterios de valoración de las solicitudes.

1. Los Grupos beneficiarios deberán realizar un mínimo de dos representaciones públicas del montaje teatral subvencionado durante 2020; de ellas, al menos una representación deberá tener lugar fuera del municipio de residencia del Grupo.

2. Teniendo en cuenta lo previsto en el párrafo anterior, la valoración de las solicitudes se realizará conforme a los siguientes criterios:

1. La calidad, la viabilidad y la oportunidad del montaje que se pretenda realizar, hasta 20 puntos.

2. Propuesta de montaje y de representación de obras originales o textos adaptados de autores nacidos en la provincia de Guadalajara o vinculados a ella a través de su vida y/o su obra: hasta 10 puntos.

3. Número de representaciones previstas, hasta 10 puntos.

Se asignará el máximo de puntos establecidos al grupo que oferte el mayor número de representaciones, aplicando después la siguiente fórmula matemática al resto de las solicitudes:

Puntuación máxima X   Mayor número de representaciones

                                  Número de representaciones a valorar     

- Plazo de la justificación de la subvención:

1. La justificación de la subvención se realizará mediante la presentación de una cuenta justificativa en el plazo de dos meses desde la finalización de la actividad subvencionada y, en cualquier caso, hasta el 30 de noviembre de 2020.

No obstante lo previsto en el párrafo anterior, si las actividades subvencionadas se realizaran después del 30 de noviembre de 2020, el beneficiario deberá presentar la cuenta justificativa dentro de los diez días siguientes a la realización de dichas actividades.

Guadalajara a 03 de agosto de 2020.- El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, José Luis Vega Pérez.

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