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Jueves, 30 Julio 2020 08:07

DELEGACIONES DE ALCALDIA

1933

DELEGACIONES DE ALCALDÍA
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AYUNTAMIENTO DE ESCARICHE


1933

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

En fecha 03 de julio de 2020 se dictó por la Alcaldía Resolución en virtud de la cual se procedía a pormenorizar las materias y atribuciones ya atribuidas a los concejales de la Corporación en Sesión  plenaria de fecha 21 de junio de 2019.

Transcurrido el plazo de aceptación o renuncia, se ha efectuado el derecho de renuncia expresa por D. José Cuellar y D. Claudio López, se ha aceptado expresamente por Dña. Teresa Sacristán y tácitamente se ha aceptado por D. Carlos Fernández.

Por ello, conforme a lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/85 de 02 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local; y artículos 43 a 45, 114 a 118, 120y 121 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre, esta Alcaldía

RESUELVE:

Elevar a definitivas las Delegaciones efectuadas en virtud de Resolución de 03 de julio de 2020,

PRIMERO. Delegar en el Teniente Alcalde de este Ayuntamiento y en el resto de miembros de la Corporación las siguientes atribuciones, si bien, conforme al artículo 43 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales sólo el Teniente Alcalde por ser delegación general puede dictar actos frente a terceros, aunque el resto de concejales delegados formulen propuesta de resolución

A) En el Teniente Alcalde D. Carlos Fernández del Moral: Obras, Contratación, Compras, Servicios municipales, Agricultura, Cementerio. Compartida: FESTEJOS.

Cada área comprende las siguientes atribuciones:

  • Contratación y compras

Competencias como órgano de contratación respecto a los siguientes contratos:

  1. Contratos menores de valor estimado igual o inferior a 500 €
  2. Contratos de obras, suministros y servicios tramitados por el procedimiento abierto simplificado abreviado previsto en el artículo 159.6 de la LCSP inferiores a 1000 euros.
  • Cementerio: Dirección y gestión en los expedientes que se tramiten con relación al  Cementerio. Mantenimiento, conservación, limpieza
  • Servicios municipales: abastecimiento de agua y mantenimiento de la red, alumbrado,  limpieza viaria.
  • Festejos: Dirección y gestión en materia de Fiestas, que comprende en especial fiestas mayores, cabalgata de Reyes y en general otras actividades festivas que se celebren en el Municipio.
  • Agricultura: Dirección, gestión y propuesta de resolución en todos aquellos expedientes que se tramiten en materia de monte público, pastos, caminos rurales y fuentes públicas.

C) En la concejal Dña. Teresa Sacristán Machón: Urbanismo, Comunicaciones y nuevas tecnologías, Juventud, Familia y Mayor. Compartida: FESTEJOS.

Urbanismo: Coordinación y dirección del área técnica de este Ayuntamiento, tramitación de expedientes en materia de urbanismo, obra pública, rehabilitación de edificios, y accesibilidad, comprendiendo la propuesta de Resolución de otorgamiento o denegación de licencias urbanísticas de obra menor, de obra mayor, las de primera ocupación, de cédulas urbanísticas, y reparcelación. Contestación de solicitudes relacionadas con el área técnica. La propuesta de  concesión o denegación de licencias de actividad o de apertura sometidas al reglamento de actividades molestas, al de espectáculos públicos o de actividades no calificadas, y los demás actos que requieran resolución municipal en estas materias, incluidas las declaraciones de ruina y la solicitud de autorización judicial para entrada en la propiedad privada cuando sea necesaria para la ejecución de sus resoluciones.

Revisión del catastro de rústica.

  • Nuevas tecnologías: Transparencia (realización y difusión de cuentas anuales de los festejos celebrados en el año). Administración electrónica. Modernización y simplificación administrativa. Tecnologías de la información y de la comunicación. Servicio de Atención al Ciudadano sede electrónica. Atención y Participación Ciudadana. Canales de televisión. Digitalización rural.
  • Juventud: Dirección y gestión en materia de juventud, que comprende la organización de actividades juveniles, centro cultural Juvenil y ocio alternativo.
  • Mayores: Dirección y gestión en materia de personas mayores y familias, que comprende la organización de actividades, centro cultural del mayor y ocio alternativo.
  • Fiestas: Dirección y gestión en materia de Fiestas, que comprende en especial fiestas mayores, cabalgata de Reyes y en general otras actividades festivas que se celebren en el Municipio.

SEGUNDO: Las delegaciones conferidas en el presente Decreto abarcarán tanto la facultad de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos en general.

De conformidad con lo establecido legalmente. Sólo el Teniente Alcalde tiene la facultad de  de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, a salvo de las delegaciones especiales que se puedan realizar para expedientes determinados.

Los concejales ejercerán todas las facultades sin limitación ni condición alguna para su ejercicio, salvo las que esta Alcaldía avoque en cualquier momento o se reserve en decretos posteriores.

La competencia para resolver los recursos de reposición no es objeto de delegación, correspondiendo a esta Alcaldía.

Los Concejales delegados quedan obligados a informar a esta Alcaldía en los términos previstos en el artículo 115 del ROF.

TERCERO.- Dar cuenta de la presente delegación al Pleno, en la primera sesión que éste celebre con posterioridad a este Decreto.

CUARTO.- La delegación de las atribuciones que se realiza a través de la presente resolución, surtirá efectos desde el día siguiente al de la fecha del presente decreto, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y  una vez hayan sido aceptadas por los interesados.

En Escariche, a 21 de julio de 2020.La Alcaldesa, Fdo.: María del Carmen Moreno

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