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Martes, 28 Julio 2020 08:07

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN 2 PRESUPUESTO 2020

1904

APROBACION DEFINITIVA MODIFICACION 2 PRESUPUESTO 2020
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AYUNTAMIENTO DE VALDENUÑO FERNANDEZ


1904

SUMARIO

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Valdenuño Fernández por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n. º 2/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de CREDITO EXTRAORDINARIO financiado mediante BAJAS DE OTRAS PARTIDAS.

TEXTO

Aprobado definitivamente el expediente arriba mencionado lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Altas en Aplicaciones de Gastos

Aplicación Descripción

Créditos

iniciales

Crédito

Extraordinario

Créditos

finales

Progr. Económica
163   131 Peones mantenimiento  0,00  12.000,00   12.000,00

Esta modificación se financia con cargo a BAJAS DE OTRAS PARTIDAS en los siguientes términos:

Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos

Aplicación Descripción

Créditos
iniciales

Bajas o 
anulaciones

Créditos
finales

Progr. Económica
163  210  Mantenimiento Infraestructuras  37.000,00  12.000,00   25.000,00

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

En Valdenuño Fernandez a 23 de julio de 2020, Oscar Gutierrez Moreno, Alcalde Presidente

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