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Jueves, 09 Julio 2020 08:07

ANUNCIO DE APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS

1659

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS
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AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS


1659

 

Por acuerdo de Pleno de en sesión extraordinaria de fecha 4/06/2020, se la modificación presupuestaria 1/2020 y 2/2020, que al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

 

ANEXO

“PRIMERO. Aprobar inicialmente los expedientes de modificación de créditos del Presupuesto en vigor, en la modalidad de Créditos Extraordinarios nº 01/2020 y nº 2/2020, financiado con anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, como sigue a continuación:

a. Los gastos que se pretenden llevar a cabo con la modificación propuesta son los siguientes:

            Gasto concreto.                                               Importe

  • Ayudas de emergencia social                                            2.000,00  €
  • Plan extraordinario de Empleo por DESEMPLEO COVID-19   9.000,00 €

                        TOTAL                                                      11.000,00.- €

b. Las aplicaciones que deben crearse en el Presupuesto municipal para hacer frente a los referidos gastos son las siguientes:

Crédito extraordinario nº 01/2020:

Nuevas aplicaciones de gastos:

Progr.

Econ.

Descripción

Crédito

extraordinario

2410

14300

Plan extraordinario de Empleo por DESEMPLEO COVID-19

9.000,00

Crédito extraordinario  nº 02/2020:

Nuevas aplicaciones de gastos:

Progr.

Econ.

Descripción

Crédito

extraordinario

2310

48001

Ayudas de emergencia social

2.000,00

c. Como medio de financiación, se propone la anulación o baja de créditos de otra aplicación presupuestaria, no comprometida y que se considera reducible. 

Financiación: 

  • Crédito extraordinario nº 01/2020 y Crédito extraordinario nº 02/2020: Anulación o baja en aplicación de gastos:

Progr.

Econ.

Descripción

Créditos disponibles no comprometidos

Bajas/Anulación crédito

338

226.09

Fiestas

11.000,00

11.000,00

TOTALES BAJAS POR ANULACIÓN

11.000,00.-

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, desarrollado por el Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”

En Campillo de Ranas a 6 de julio de 2020. El Alcalde .- Francisco Maroto García

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