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Viernes, 26 Junio 2020 09:06

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN NÚM.1/2020 DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA

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ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN NÚM.1/2020 DE LAS BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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Sometida a información pública la aprobación inicial del expediente de Modificación de las Bases de Ejecución n.º 1/2020 del presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara ejercicio 2020, del 03 de junio de 2020 al 24 de junio de 2020 y no habiéndose presentado reclamación alguna contra la aprobación del citado expediente, ha quedado definitivamente aprobado, de conformidad con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril.

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en los artículos 169.3 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales y 20.3 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se hace pública la aprobación definitiva de la modificación de las Bases de Ejecución en los siguientes términos:

Introducir en las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2020 una Disposición Transitoria con el siguiente tenor:

“La cantidad mensual destinada a transferencias para el funcionamiento de los Grupos Políticos prevista en el artículo 46, será a partir del 1 de julio de 2020, de 1.150 euros mensuales por Grupo Municipal, cuyo pago se efectuará el último día de cada mes, distribuyéndose entre los Grupos a razón de un fijo mensual de 50 euros por Grupo Municipal, y 34 euros mensuales por cada concejal electo. Las cantidades que excedan dicho importe respecto a los créditos iniciales destinados a tal fin serán destinadas por el Pleno, previa la oportuna modificación de crédito, a dotar la oportuna consignación presupuestaria para mitigar los efectos de la pandemia de la COVID19, sobre todo en el aspecto de sus efectos económicos desfavorables sobre autónomos y PYMES en la Ciudad de Guadalajara.”

Contra la aprobación definitiva de la modificación de las Bases de Ejecución n.º 1/2020 al Presupuesto de 2020 podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 171 del citado Texto Refundido.

Guadalajara, 25 de Junio de 2020. El Alcalde–Presidente, Alberto Rojo Blas

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