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Viernes, 05 Junio 2020 08:06

DESLINDE ADMINISTRATIVO

1225

DESLINDE ADMINISTRATIVO
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AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA


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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Visto el expediente de deslinde administrativo tramitado, vista la documentación obrante en el mismo, visto el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha 11.02.2020, visto el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; esta Alcaldía considera pertinente fijar nueva fecha y hora para realizar el apeo y practicar nuevamente las notificaciones a los colindantes, así como la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, en vista de la compleja situación actual, estando vigente el estado de alarma con las restricciones y medidas de protección fijadas por el Gobierno de la nación.

Vista la Disposición Derogatoria Única del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Visto que por acuerdo del Pleno en sesión de fecha 11.02.2020 se delegó en esta Alcaldía la competencia para resolver las alegaciones que, en su caso, se presenten en el expediente de deslinde administrativo del jardín de la Fábrica de Paños, en virtud del art. 63 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales; habiéndose decretado el levantamiento de la suspensión de plazos administrativos con efectos desde el 01.06.2020 y considerando que la fijación de una nueva fecha para practicar el deslinde en las circunstancias excepcionales en las que nos encontramos es un mero acto de trámite; de conformidad con el art. 60 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,

RESUELVO

PRIMERO.- Fijar nueva fecha para el procedimiento administrativo de deslinde dada la actual situación de crisis sanitaria,señalando como fecha en la que comenzarán las labores del deslinde el día 9 de septiembre de 2020, a las 11.00 horas, los trabajos de deslinde se desarrollarán en la Real Fábrica de Paños, siempre que haya transcurrido el plazo de sesenta días desde la publicación del anuncio de deslinde en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEGUNDO.- Notificar la nueva fecha de deslinde a los dueños de las fincas colindantes, y titulares de otros derechos reales que estén constituidos sobre dichas fincas para que presenten las alegaciones y pruebas que estimen pertinentes hasta los veinte días anteriores al día fijado para el comienzo de las operaciones.

Asimismo, advertirles de que no podrá instarse procedimiento judicial con igual pretensión, ni se admitirán interdictos sobre el estado posesorio de las fincas, hasta que no se haya llevado a cabo el deslinde.

TERCERO.- Publicar la fecha de realización del deslinde en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, con sesenta días de antelación a la fecha señalada para el inicio de los trabajos de deslinde.

CUARTO.-  Dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión ordinaria que se celebre.

En Brihuega, a 2 de enero de 2020. El Alcade - Presidente, Luis Manuel Viejo Esteban

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