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Lunes, 25 Mayo 2020 08:05

APROBACIÓN DE PLAN DE DESPLIEGUE DE UNA RED DE ACCESO DE NUEVA GENERACIÓN MEDIANTE FIBRA ÓPTICA

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APROBACIÓN DE PLAN DE DESPLIEGUE DE UNA RED DE ACCESO DE NUEVA GENERACIÓN MEDIANTE FIBRA ÓPTICA
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AYUNTAMIENTO DE ALHÓNDIGA


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A través del presente se publica para general conocimiento el contenido de la Resolución de la Alcaldía nº. 2020-0032 de fecha 21-05-2020, del tenor literal siguiente:

“Visto que por TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U. se presenta al Ayuntamiento un PLAN DE DESPLIEGUE de una red de acceso de nueva generación mediante fibra óptica en este municipio, que contempla llevar la tecnología de conectividad más avanzada a los hogares y empresas de esta localidad a través de un modelo de implantación progresivo.

A la vista de los siguientes documentos que integran el expediente:

Solicitud del Interesado: 24-03-2020

Informe de Secretaría: 01-05-2020

Resolución de la Alcaldía Inicio: 01-05-2020

Comunicación a otras administraciones: 01-05-2020

Informe de los Servicios Técnicos: 02-05-2020

Anuncio información pública en Boletín Oficial de la Provincia: 06-05-2020

Certificado de Secretaría sobre alegaciones (no existen): 21-05-2020

Y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) y s) de la Ley 7/1985, de 2 abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y Artículo 34 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones,

RESUELVO:

PRIMERO.- Aprobar el siguiente Plan de Despliegue de un red de comunicaciones electrónicas para este municipio:

EXPEDIENTE: 30/2020.

CONTENIDO: APROBACIÓN PLAN DESPLIEGUE RED COMUNICACIONES.

CARACTERÍSTICAS: PLAN DE DESPLIEGUE RED DE ACCESO DE NUEVA GENERACIÓN

MEDIANTE FIBRA ÓPTICA EN EL MUNICIPIO DE ALHÓNDIGA (GUADALAJARA).

OPERADOR DE RED Y EMPRESA INSTALADORA: TELEFÓNICA DE ESPAÑA, S.A.U.

La instalación de cada uno de los tramos de la red prevista en dicho Plan de despliegue que suponga la ocupación de terrenos de dominio público, requerirá la obtención previa de licencia municipal. El resto de instalaciones está sujeta al régimen de declaración responsable.

SEGUNDO.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de su general conocimiento.

TERCERO.- Notificar la presente Resolución a los interesados, con indicación de los recursos pertinentes.”

El contenido íntegro del Plan de Despliegue aprobado aparece publicado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alhóndiga: https://alhondiga.sedelectronica.es

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de GUADALAJARA, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Alhóndiga, 21 de mayo de 2020. La Alcaldesa-Presidente, Fdo.: Susana Macho Adalia

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