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Viernes, 17 Abril 2020 08:04

EXTINCIÓN DE UN APROVECHAMIENTO DE AGUAS

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EXTINCIÓN DE UN APROVECHAMIENTO DE AGUAS
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CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO


865

 

Se hace público, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo desconocido el domicilio del titular del aprovechamiento de aguas, Casto Arralde y Gómez, y según lo previsto en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril, que esta Confederación Hidrográfica del Tajo ha iniciado, de oficio, expediente de extinción de un aprovechamiento de aguas con las siguientes características:

TITULAR:

CASTO ARRALDE Y GÓMEZ

CORRIENTE:

Río Tajo

CLASE APROVECHAMIENTO:

Usos industriales, energía eléctrica transportable

CAUDAL MÁXIMO CONCEDIDO (l/s):

3000

SALTO BRUTO (m):

11,28

TÉRMINO MUNICIPAL Y PROVINCIA DE LA TOMA:

La Puerta (ahora, Trillo) y Mantiel (Guadalajara)

TITULO DEL DERECHO:

Concesión administrativa de fecha 19 de julio de 1902

CAUSA DE EXTINCION:

La interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos por causas imputables al titular

REFERENCIA DEL EXPEDIENTE:

E-0005/2020

Lo que se comunica a los posibles titulares de derechos e intereses afectados, significándoles que de conformidad con la normativa aplicable, se abre un plazo de UN (1) MES, contado a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, para que quien lo desee pueda examinar la documentación del expediente. Para ello se deberá remitir antes de la finalización de dicho plazo una  petición expresa al correo habilitado al efecto (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), indicando en el asunto el texto "información pública" seguido de la referencia del expediente. En el cuerpo del texto deberá indicar su nombre, apellidos, DNI y dirección de notificación. A la dirección de correo electrónico desde la que realice la solicitud le llegará un aviso informándole de la puesta a disposición de la información en la sede electrónica de la Administración, a la que podrá acceder previa identificación.

Transcurrido dicho plazo sin comparecer, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 31 de marzo de 2020. La Comisaria Adjunta. Fdo. Ana Isabel Vicente Rangel

 

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