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Miércoles, 16 Diciembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4204

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 24 de noviembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Peralejos de las Truchas

 

4204

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 24 de noviembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015, que se hace público resumido por capítulos:

Presupuesto de gastos

Aplicación presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

Progr.

Económica

011

359

 

COMISIONES BANCARIAS

282,88

920

222

 

COMUNICACIONES TELEFÓNICAS

1.855,14

332

270

 

GASTOS IMPREVISTOS BIBLIOTECA

4.668,50

920

225

 

TRIBUTOS

456,58

920

227

 

HONORARIOS DE TÉCNICOS

5.309,63

920

626

 

ADQUISICIÓN ORDENADOR

1.145,70

920

629

 

ADQUISICIÓN TELÉFONO MÓVIL

486,32

920

224

 

SEGUROS

1.554,23

165

210

 

REPARACIONES VARIAS

5.870,46

338

226

 

SERVICIO DE UVI MÓVIL EN FIESTAS

2.500,00

920

227

 

GASTOS RECAUDACIÓN

4.651,61

920

227

 

CONFECCIÓN CONTABILIDAD

767,14

     

TOTAL GASTOS

29.548,19

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Presupuesto de ingresos

ECONÓMICA

N.º

Descripción

Euros

Concepto

870 REMANENTE DE TESORERÍA

 

REMANENTE DE TESORERÍA

29.548,19

   

TOTAL INGRESOS

29.548,19

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Peralejos de las Truchas a 12 de diciembre de 2015.– El Alcalde, Timoteo Madrid Jiménez.

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