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Miércoles, 18 Marzo 2020 08:03

SUSPENSIÓN PARCIAL DEL CONTRATO DE GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE COLECTIVO URBANO DE VIAJEROS EN LA CIUDAD DE GUADALAJARA Y BARRIOS ANEXIONADOS

716

Suspensión parcial del contrato de gestión del servicio público de transporte colectivo urbano de viajeros en la ciudad de Guadalajara y barrios anexionados
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


716

Con fecha 14 de marzo de 2020, el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente ha dictado la siguiente Resolución:
                                                      DECRETO

Con motivo de la declaración en el día de hoy del Estado de Alarma por el Gobierno de la Nación, el Ayuntamiento de Guadalajara en virtud de las competencias del artículo 124. 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las de Bases del Régimen Local

En ejercicio de la prerrogativa de suspensión de los contratos administrativos prevista en el artículo 220 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por el presente, RESUELVO:

PRIMERO: Suspender de forma parcial el contrato de gestión del servicio público de transporte colectivo urbano de viajeros en la ciudad de Guadalajara y barrios anexionados, en los siguientes términos:

  • Eliminación de líneas Bus Buho (A, B y C)
  • Eliminación de las líneas de Refuerzo números 1 y 2
  • Se mantienen el resto de líneas modificando la frecuencia de paso fijándola en los términos previstos en el contrato para la temporada baja.
  • Limitar el aforo de los autobuses al 25 por ciento de la capacidad autorizada.

SEGUNDO: De acuerdo con lo establecido en el apartado 2 del artículo 220 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, una vez acordada la suspensión, la Administración abonará al contratista los daños y perjuicios efectivamente sufridos por éste.

TERCERO: Las medidas previstas en el presente Decreto mantendrán su vigencia en tanto en cuanto persista la declaración del Estado de Alarma, inicialmente fijado en 15 días.

CUARTO: Dar inmediata cuenta al Pleno

En Guadalajara, a 16 de marzo de 2020. El Alcalde-Presidente. Fdo.: Alberto Rojo Blas

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