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Miércoles, 16 Diciembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4203

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 23 de noviembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Pinilla de Molina

 

4203

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 23 de noviembre de 2015, sobre el expediente de modificación de créditos n.º 1/2015, que se hace público resumido por capítulos:

Presupuesto de gastos

Aplicación presupuestaria

N.º

Descripción

Euros

Progr.

Económica

459

619

 

REPOSICIÓN

45.000

     

TOTAL GASTOS

45.000

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Presupuesto de ingresos

ECONÓMICA

N.º

Descripción

Euros

Concepto

REMANENTE DE TESORERÍA

870

REMANENTE DE TESORERÍA

45.000

   

TOTAL INGRESOS

45.000

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Pinilla de Molina a 12 de diciembre de 2015.– La Alcaldesa, María Jesús Madrid Madrid.

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