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Miércoles, 04 Marzo 2020 08:03

APROBACIÓN DEFINITIVA ORDENANZA CELEBRACIÓN ESPECTÁCULOS TAURINOS

558

ORDENANZA CELEBRACION ESPECTACULOS TAURINOS
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AYUNTAMIENTO DE UCEDA


558

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la celebración de espectáculos taurinos popular y encierro de reses bravas por el campo en Uceda, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

«ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LA CELEBRACIÓN DE ESPECTÁCULOS TAURINOS POPULARES, ENCIERROS DE RESES BRAVAS POR EL CAMPO EN UCEDA, GUADALAJARA

El objeto de esta Ordenanza es el de regulación de los espectáculos taurinos populares que se vienen desarrollando en este Municipio de Uceda, con la denominación genérica de encierros por el campo, celebrándose con ocasión de las Fiestas Populares organizados en la localidad.

Son tres las distintas modalidades de encierros que se celebran: “La Charcuela”, “La Soledad” y “Las Minas; siendo sus Planes de Encierro, donde se recogen las normas específicas que regirán cada una de estas modalidades los siguientes, si bien estos podrán ser ampliados al cumplimiento del Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares de Castilla-La Mancha que en casa momento se encuentre en vigor:

ENCIERRO DE LA CHARCUELA

1.- Descripción.

Se desarrolla con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales del mes de agosto, el día 17 de agosto a las 12:00 horas.

Es una modalidad mezcla de encierro por el campo y encierro urbano, en el que las reses salen de los corrales de La Charcuela y son conducidas por el paraje conocido como Camino de la Charcuela, hasta acceder al casco urbano por Calle Charcuela, Plaza Carnicería, Camino del Cementerio y finalizando en los corrales del recinto cerrado no permanente que estarán acreditados al efecto en Camino del Cementerio, s/n. El recorrido total es de 800 metros, de los que aproximadamente 300 metros son externos al recorrido urbano.

2.- Recorrido.

El Encierro estará dividido en las siguientes partes:

  • Zona de inicio, que se localiza en la zona de corrales ubicada en el Paraje La Charcuela.
  • Zona de recorrido, que se corresponde con la descripción del apartado anterior en el tramo que transcurre por el paraje conocido como Camino de La Charcuela, siendo las reses conducidas exclusivamente por caballistas y existiendo dos vehículos de la organización estáticos en previsión de posibles imprevistos.
  • Zona de seguridad, que comprende un margen de 300 metros a cada lado del recorrido no cerrado con talanqueras y en el recorrido cerrado la parte externa de sus talanqueras.
  • Zona de suelta que está ubicada dentro del vallado previsto que va desde La Pilita al final del Camino de La Charcuela y continúa por Calle Charcuela, Plaza Carnicería y Camino del Cementerio hasta los corrales los corrales del recinto cerrado no permanente.
  • Zona de espectadores, que estará ubicada fuera del vallado previsto al efecto en el recorrido urbano y hasta la plaza de toros o zona de corrales, y que discurre por el Camino de La Charcuela desde La Pilita, Calle Charcuela, Plaza Carnicería y Camino del Cementerio.
  • Zona de finalización, que será los corrales del recinto cerrado no permanente en Camino del Cementerio, s/n.

3.- Horario.

La hora de comienzo del encierro se comunicará con antelación y concluirá como máximo tres horas más tarde. El inicio se anunciará, en cualquier caso, con el disparo de tres cohetes pirotécnicos seguidos y la finalización con uno.

4.- Organización.

Se deberá contar al menos, con el número de vehículos y caballistas que el Reglamento en vigor de Espectáculos Taurinos de CLM establezca como mínimos y sean precisos para el espectáculo y realización de la actividad. No obstante este encierro contará con un mínimo de 6 caballistas encargados de la conducción de las reses de una a otra zona del encierro y 2 vehículos de la organización para colaborar en la celebración del festejo.

5.- Medidas de Seguridad.

Por el Ayuntamiento se prohibirá la circulación de vehículos y personas en la zona de suelta, a excepción de los correspondientes a la Organización, los correspondientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los asistenciales y a los participantes con autorización.

La conducción de las reses se realizará por la zona prevista del recorrido. Por los vehículos se hará el seguimiento de las reses astadas. En caso de que alguna res se salga de la zona del recorrido previsto por la Organización se dispondrá lo necesario para su reconducción al recorrido previsto, utilizando para ello todos los medios de control disponibles que como mínimo serán: 2 vehículos de la organización con funciones de cortar la trayectoria de la res y reconducirla a su zona, 10 colaboradores voluntarios de a pie con experiencia demostrada en recortar a las reses, 6 caballistas expertos en conducción de reses de lidia que junto con los cabestros presentes en el festejo (al menos 3 por encierro) y ayudados del material auxiliar (sogas y otros aperos) permitan bajo la tutela del director de lidia asegurar la inmovilización de la res/es. Así mismo se dispondrá de un rifle adormecedor que se utilizará como último recurso antes de su muerte. De no resultar suficientes los medios expuestos se sacrificará la res de la forma menos cruenta distanciando previamente a los asistentes al objeto de alejar el acto de la vista del público.

Dentro de la zona de suelta, desde media hora antes hasta la finalización del festejo, existen las siguientes prohibiciones:

  • Circular en cualquier clase de vehículo, a pie o a caballo en todas las vías y zonas.
  • De aparcamiento de vehículos en toda la zona de actuación.

El recorrido por las vías urbanas estará vallado conforme a los requisitos exigidos por el Reglamento para los encierros por vías urbanas.

6.- Participantes.

Podrán participar en el festejo personas que voluntariamente lo deseen, mayores de 16 años y se encuentren en plenas facultades físicas, no se encuentren en estado de embriaguez o afectadas por estupefacientes. Esta participación se ha de realizar a pie y fuera del casco urbano no se podrán acercar a menos de 300 metros del recorrido, debiendo seguir las indicaciones que en cada momento se les señales por la Organización. En todo momento está prohibido el maltrato a los animales en el desarrollo de la actividad y los participantes asumen un riesgo de forma voluntaria, por lo que la Organización declina cualquier responsabilidad en su relación por correr o participar en el festejo.

 

ENCIERRO DE LA SOLEDAD

1.- Descripción.

Se desarrolla con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales del mes de agosto.

El objeto del encierro es la conducción del ganado bravo desde los toriles del recinto cerrado no permanente habilitado en el Camino del Cementerio – siendo ésta también la zona de finalización – continuando por Plaza Carnicería, calles San Juan, Veracruz y Calvario hacia la zona de suelta localizada el campo en el paraje denominado de La Soledad y Vallejo de la Fuente.

2.- Recorrido.

El Encierro estará dividido en las siguientes partes:

  • Zona de inicio, que se localiza en los toriles del recinto cerrado no permanente habilitado en el Camino del Cementerio.
  • Zona de recorrido, a partir de los toriles se desarrolla por la Plaza Carnicería, continúa por las calles San Juan y Veracruz, y atraviesa la Calle Calvario para abandonar el tramo urbano de este encierro accediendo por el Camino de La Fuente al paraje denominado de La Soledad y Vallejo de la Fuente, dejando Buenabá por la izquierda y carretera de Guadalajara por la derecha.
  • Zona de seguridad, que comprende un margen de 300 metros a cada lado del recorrido no cerrado con talanqueras y en el recorrido cerrado la parte externa de sus talanqueras.
  • Zona de suelta, que se localiza en el paraje denominado de La Soledad y Vallejo de la Fuente.
  • Zona de espectadores, estará ubicada fuera del vallado previsto al efecto en el recorrido urbano que discurre por Calle Calvario, Calle Veracruz, Calle San Juan y Plaza Carnicería.
  • Zona de finalización, que coincide con la zona de inicio localiza en los toriles del recinto cerrado no permanente habilitado en el Camino del Cementerio.

3.- Horario.

La hora de comienzo del encierro se comunicará con antelación y concluirá como máximo tres horas más tarde o la que así establezca el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Castilla-La Mancha en vigor en cada momento. El inicio se anunciará, en cualquier caso, con el disparo de tres cohetes pirotécnicos seguidos y la finalización con uno.

4.- Organización.

Se deberá contar al menos, con el número de vehículos y caballistas que el Reglamento en vigor de Espectáculos Taurinos de CLM establezca como mínimos y sean precisos para el espectáculo y realización de la actividad. Serán los encargados de la conducción de las reses de una a otra zona del encierro y además en la zona de suelta permanecerán únicamente los vehículos de la organización y los caballistas autorizados para impedir que la res abandone la zona, así como para advertir y auxiliar a los participantes en el encierro.

5.- Medidas de Seguridad.

Por el Ayuntamiento se prohibirá la circulación de vehículos, caballos y personas en la zona de suelta y en toda la extensión del recorrido del encierro, desde media hora antes del inicio y hasta la finalización del festejo, a excepción de los correspondientes a la Organización, los correspondientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los asistenciales y a los participantes con autorización.

El desarrollo del encierro será siempre dentro de las zonas de recorrido y de suelta, efectuándose el control de las reses por los caballistas y vehículos habilitados por la Organización. En caso de que alguna res se salga del recorrido previsto por la Organización se dispondrá lo necesario para su reconducción al recorrido previsto, utilizando para ello todos los medios de control disponibles que como mínimo serán: 6 vehículos de la organización con funciones de cortar la trayectoria de la res y reconducirla a su zona, 10 colaboradores voluntarios de a pie con experiencia demostrada en recortar a las reses, 6 caballistas expertos en conducción de reses de lidia que junto con los cabestros presentes en el festejo (al menos 3 por encierro) y ayudados del material auxiliar (sogas y otros aperos) permitan bajo la tutela del director de lidia asegurar la inmovilización de la res/es. Así mismo se dispondrá de un rifle adormecedor que se utilizará como último recurso antes de su muerte. De no resultar suficientes los medios expuestos se sacrificará la res de la forma menos cruenta distanciando previamente a los asistentes al objeto de alejar el acto de la vista del público.

6.- Participantes.

Se mantienen las mismas especificaciones que para el encierro de La Charcuela.

7.- Autorización de propietarios particulares.

Los terrenos por los que se realiza el encierro son de titularidad pública y privada, debiendo existir respecto a estos últimos, autorización otorgada por los propietarios particulares sobre sus inmuebles para la realización del acto.

 

ENCIERRO DE LAS MINAS

1.- Descripción.

Se desarrolla con motivo de la celebración de las Fiestas Patronales del mes de agosto.

El objeto de este encierro es la conducción del ganado bravo desde la zona de corrales situados en el paraje El Carril, a través de los parajes de Terro de Arena y de Las Minas – dejando siempre a la izquierda el Camino de Las Minas –, continuando hacia el Paraje de San Roque, atravesando la carretera CM-1002 – para lo que será preciso disponer de las autorizaciones pertinentes, sino no se podrá celebrar este encierro –, para acceder al paraje denominado de la Soledad y Vallejo de la Fuente, desde donde se conduce de nuevo el ganado, esta vez, a través del Camino de la Fuente, Calle Veracruz y Calle San Juan, hasta llegar a los toriles del recinto cerrado no permanente de la zona de finalización y cierre del ganado en Camino del Cementerio, s/n.

2.- Recorrido.

El Encierro estará dividido en las siguientes partes:

  • Zona de inicio, que se localiza en los corrales sitos en el Paraje de El Carril.
  • Zona de recorrido, a partir de los corrales del Paraje de El Carril, discurre por el paraje de Tierro de Arena y el paraje de La Mina, continúa hacia el Paraje de San Roque, y atravesando la carretera CM-1002, se accede al paraje denominado de La Soledad y Vallejo de la Fuente. Posteriormente el recorrido parte desde esta zona, para concluir a través del Camino de la Fuente, Calle Veracruz y Calle San Juan, en los torilesde la zona de finalización y cierre del ganado.
  • Zona de seguridad, que comprende un margen de 300 metros a cada lado del recorrido no cerrado con talanqueras y en el recorrido cerrado la parte externa de sus talanqueras.
  • Zona de suelta, que se ubica en el paraje denominado de La Soledad y Vallejo de la Fuente.
  • Zona de espectadores, estará ubicada fuera del vallado previsto al efecto en el recorrido por vías urbanas que discurre por Calle Calvario, Calle Veracruz y Calle San Juan.
  • Zona de finalización, se localiza en los toriles del recinto cerrado no permanente habilitado en el Camino del Cementerio.

3.- Horario.

La hora de comienzo del encierro se comunicará con antelación y concluirá como máximo tres horas más tarde o la que así establezca el Reglamento de Espectáculos Taurinos de Castilla-La Mancha en vigor en cada momento. El inicio se anunciará, en cualquier caso, con el disparo de tres cohetes pirotécnicos seguidos y la finalización con uno.

4.- Organización.

Se deberá contar al menos, con el número de vehículos y caballistas que el Reglamento en vigor de Espectáculos Taurinos de CLM establezca como mínimos y sean precisos para el espectáculo y realización de la actividad. Serán los encargados de la conducción de las reses de una a otra zona del encierro y además en la zona de suelta permanecerán únicamente los vehículos de la organización y los caballistas autorizados para impedir que la res abandone la zona, así como para advertir y auxiliar a los participantes en el encierro.

5.- Medidas de Seguridad.

Por el Ayuntamiento se prohibirá la circulación de vehículos, caballos y personas en la zona de suelta y en toda la extensión del recorrido del encierro, desde media hora antes del inicio y hasta la finalización del festejo, a excepción de los correspondientes a la Organización, los correspondientes a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, los asistenciales y a los participantes con autorización.

El desarrollo del encierro será siempre dentro de las zonas de recorrido y de suelta, efectuándose el control de las reses por los caballistas y vehículos habilitados por la Organización. En caso de que alguna res se salga del recorrido previsto por la Organización se dispondrá lo necesario para su reconducción al recorrido previsto, utilizando para ello todos los medios de control disponibles que como mínimo serán: 6 vehículos de la organización con funciones de cortar la trayectoria de la res y reconducirla a su zona, 10 colaboradores voluntarios de a pie con experiencia demostrada en recortar a las reses, 6 caballistas expertos en conducción de reses de lidia que junto con los cabestros presentes en el festejo (al menos 3 por encierro) y ayudados del material auxiliar (sogas y otros aperos) permitan bajo la tutela del director de lidia asegurar la inmovilización de la res/es. Así mismo se dispondrá de un rifle adormecedor que se utilizará como último recurso antes de su muerte. De no resultar suficientes los medios expuestos se sacrificará la res de la forma menos cruenta distanciando previamente a los asistentes al objeto de alejar el acto de la vista del público.

6.- Participantes.

Se mantienen las mismas especificaciones que para el encierro de La Charcuela.

7.- Autorización de propietarios particulares.

Los terrenos por los que se realiza el encierro son de titularidad pública y privada, debiendo existir respecto a estos últimos, autorización otorgada por los propietarios particulares sobre sus inmuebles para la realización del acto.

 

RÉGIMEN SANCIONADOR

Sobre la base de lo dispuesto por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, las infracciones a la presente Ordenanza serán sancionadas por el Alcalde, previa tramitación del correspondiente expediente sancionador, de acuerdo a la siguiente graduación:

  1. Desobediencias a las instrucciones impartidas durante el desarrollo del festejo por el Presidente del mismo o sus Delegados, con multa de 100 euros.
  2. Incumplimiento de las obligaciones de los participantes en el festejo, con multa de 200 euros.
  3. Incumplimiento de los requisitos para poder participar en el festejo, como edad, estado físico o circulación de vehículos no autorizados, con multa de 250 euros.

Si de la tramitación de correspondiente expediente sancionador se dedujera que los actos sancionables tienen la correspondiente gravedad, que excede del ámbito de la competencia municipal, el Alcalde a propuesta del instructor, podrá elevar los hechos encausados a conocimiento de la autoridad gubernativa o jurisdiccional que corresponda.

 

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación ».

Contra el presente Acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Uceda a 2 de marzo de 2020. El Alcalde  Fdo. Francisco Javier Alonso Hernanz

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