AYUNTAMIENTO DE ESTRIÉGANA
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Al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 1/2019 en la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería siendo su resumen a efectos de lo dispuesto en el artículo 169.3 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo el siguiente:
ESTADO DE GASTOS
Capítulo |
Descripción |
Importe |
6 |
Inversiones Reales |
5.030,28 € |
ESTADO DE INGRESOS
Capítulo |
Descripción |
Importe |
8 |
Activos financieros |
5.030,28 € |
Contra la aprobación definitiva de la presente modificación de créditos, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 171.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Estriégana, a 14 de enero de 2020. El Alcalde. Fdo.: Joaquín Trapero Estebaranz