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Martes, 28 Enero 2020 08:01

ESTABLECIMIENTO Y ORDENACIÓN DEL PRECIO PÚBLICO PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS VOLUMINOSOS, EN EL MUNICIPIO DE SIGÜENZA

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ESTABLECIMIENTO Y ORDENACIÓN DEL PRECIO PÚBLICO PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS VOLUMINOSOS, EN EL MUNICIPIO DE SIGÜENZA.
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AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial de 25 de noviembre de 2.019 aprobatorio del ESTABLECIMIENTO Y ORDENACIÓN DEL PRECIO PÚBLICO PARA EL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOGIDA DOMICILIARIA DE RESIDUOS VOLUMINOSOS, EN EL MUNICIPIO DE SIGÜENZA, cuyo texto se hace público como anexo a este anuncio para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el art. 46 de la Ley 29/1998 de 13 de julio  reguladora de Jurisdicción Contencioso Administrativa.

ANEXO 

Artículo 1. Concepto. De conformidad con lo previsto en el Art. 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento establece el precio público por retirada domiciliaria de residuos voluminosos, especificados en las tarifas contenidas en el apartado 2 del artículo 3 siguiente.

Artículo 2. Obligados al pago. Están obligados al pago del precio público quienes se beneficien de la retirada domiciliaria de residuos voluminosos.

Artículo 3. Cuantía.

1. La cuantía del precio público que se regula será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente, para cada uno de los servicios.

2. La tarifa de este precio público será la siguiente:

  1. Retirada de residuos electrodomésticos de gran volumen, tales como frigoríficos, lavadoras, televisores, etc., excepto frigoríficos. Unidad: 9 euros 
    • Frigoríficos: Unidad: 19 €
  2. Retirada de residuos de gran volumen, tales como colchones de matrimonio, armarios, mesas, etc. Unidad: 8 euros
  3. Retirada de residuos de menor volumen, tales como mesitas de noche, microondas, sillas, etc. Unidad: 4 euros.
  4. Retirada de podas de jardinería y similares que no supere lo que es el residuo ordinario de un jardín de uso doméstico. 7 euros/m3.

Artículo 4. Obligación de pago. El pago del precio que resulte de la aplicación de la correspondiente tarifa señalada en el artículo 3 se hará en efectivo del mismo modo que los restantes tributos y exacciones locales, de acuerdo con lo que al efecto se disponga por Tesorería e Intervención.

Disposición final. El presente precio público estará vigente desde la adopción del presente acuerdo, demorándose su exigibilidad hasta que, una vez empiece a prestarse servicio, se solicite por algún usuario.

Sigüenza a 24 de enero de 2.020. La Alcaldesa, Dª. Mª Jesús Merino Poyo

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