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Lunes, 27 Enero 2020 08:01

MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LAS CONDICIONES DE SOLICITUD, EXPEDICIÓN Y USO DE LA TARJETA CIUDADANA Y VISITANTE DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS

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MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LAS CONDICIONES DE SOLICITUD, EXPEDICIÓN Y USO DE LA TARJETA CIUDADANA Y VISITANTE DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS
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AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA


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Según certificado expedido por la Secretaria General del Pleno de fecha dieciséis de enero de dos mil veinte, el borrador del acta correspondiente y a reserva de los términos que resulten de su aprobación, el Pleno de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día veintisiete de diciembre de dos mil diecinueve, adoptó el siguiente acuerdo:

2.- EXPEDIENTE 18115/2019. MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NORMAS REGULADORAS DE LAS CONDICIONES DE SOLICITUD, EXPEDICIÓN Y USO DE LA TARJETA CIUDADANA Y VISITANTE DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA Y ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Concejal Delegado, Sr. Marco, expone el asunto epigrafiado.

Previo informe favorable de la Comisión Informativa de Bienestar Social, Turismo y Asuntos Generales; previas las intervenciones de los Portavoces de los Grupos Municipales, en los términos concretos que constan en la grabación digitalizada y firmada electrónicamente que se acompaña a la presente acta; por unanimidad de los miembros asistentes; la Corporación acuerda:

Primero.- Aprobar inicialmente la modificación de las normas reguladoras de la tarjeta Xguada.

Modificación de los apartados 1 y 6 del artículo 8.

REDACCIÓN ACTUAL

TEXTO PROPUESTO

Artículo 8.- Renovación y sustitución.

1. La Tarjeta Xguada, como soporte físico, caducará a los 5 años de su emisión.

2. (…)

6. La reposición de una tarjeta como consecuencia de un extravío, sustracción o deterioro imputable al usuario, así como la emisión de una nueva con motivo de la caducidad del soporte físico, tendrá el precio establecido en la ordenanza fiscal correspondiente.

7. (….)

Artículo 8.- Renovación y sustitución.

1. (Suprimido)

2. (…)

6. La reposición de una tarjeta se llevará a cabo:

  • Sin coste para el usuario cuando se trate de una sustracción o deterioro no imputable al usuario y no hayan transcurrido cinco años de la expedición de la actual.
  • Previo abono del precio fijado por la ordenanza:

1) En todo caso, cuando se solicite su sustitución y hayan transcurrido cinco años de la expedición de la actual.

2) Cuando se trate de una sustracción o deterioro imputable al usuario.

7. (...)

DISPOSICIÓN TRANSITORIA.

La presente modificación resultará de aplicación a todos aquellas tarjetas expedidas hasta la fecha, supeditándose su aplicación a que los titulares de las mismas lleven a cabo a la modificación del chip en las oficinas municipales y demás lugares que se señalen al efecto al menos 72 horas antes de la fecha de caducidad impresa en el soporte físico de la tarjeta de la que sean titulares. Si no hicieran uso de esta posibilidad, deberán tramitar la obtención de una nueva tarjeta abonando la correspondiente tasa.

Segundo.- Exponer al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento el acuerdo provisional durante 30 días y publicar el correspondiente anuncio de exposición en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.

Tercero- En caso de no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, la citada modificación se entenderá aprobada con carácter definitivo, procediéndose a su publicación.

Guadalajara a 22 de enero de 2020, el Alcalde Presidente, Alberto Rojo Blas

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