AYUNTAMIENTO EL CUBILLO DE UCEDA
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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2020, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
GASTOS
Capítulo |
Denominación |
EUROS |
1 |
Gastos del Personal |
68.790,00 |
2 |
Gastos corrientes en bienes y servicios |
82.200,00 |
3 |
Gastos financieros |
80,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
19.120,00 |
6 |
Inversiones reales |
24.810,00 |
|
TOTAL GASTOS |
195.000,00 |
INGRESOS
Capítulo |
Denominación |
EUROS |
1 |
Impuestos directos |
112.160,00 |
2 |
Impuestos indirectos |
3.000,00 |
3 |
Tasas, precios públicos y otros ingresos |
33.230,00 |
4 |
Transferencias corrientes |
27.560,00 |
5 |
Ingresos patrimoniales |
9.050,00 |
7 |
Transferencia de capital |
10.000,00 |
|
TOTAL INGRESOS |
195.000,00 |
Asimismo ha quedado aprobada definitivamente la plantilla de personal, comprensiva de todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios y personal laboral:
PERSONAL FUNCIONARIO
- Nº de orden 1. Denominación de la plaza: Secretaría-Intervención.
Nº de puestos: 1.
Nivel de complemento de destino: 27
Titulación académica: Licenciatura Derecho.
Formación específica: Licenciatura Derecho.
Provisión: En propiedad.
Observaciones: En agrupación con Valdenuño Fernández y Valdepeñas De la Sierra.
PERSONAL LABORAL
- Nº de orden 2. Denominación de la plaza: Operario de Servicios Múltiples.
Nº de puestos: 1.
Provisión: Contrato laboral.
Titulación académica: Estudios primarios.
- Nº de orden 3. Denominación de la plaza: Peón servicios Múltiples (Plan extraordinario de Empleo).
Nº de puestos: 1.
Provisión: Contrato laboral.
Titulación académica: Estudios primarios.
Puesto condicionado a la aprobación del Plan Extraordinario de Empleo de la JCCM.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En El Cubillo de Uceda a 30 de diciembre de 2019, El Alcalde, D. Teodoro Serrano Nuñez