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Lunes, 23 Diciembre 2019 08:12

DEROGACIÓN ORDENANZA FISCAL

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Derogación de la Ordenanza municipal reguladora del Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios en lo relativo al aprovechamiento de cotos privados de caza
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AYUNTAMIENTO DE CHILOECHES


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Por Acuerdo del Pleno de fecha 23 de octubre de 2019 se aprobó provisionalmente la derogación de la Ordenanza municipal reguladora del Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios en lo relativo al aprovechamiento de cotos privados de caza.

Expuesto al público el expediente y el acuerdo no se han presentado alegaciones en el plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 206 de fecha 30 de octubre de 2019.

Por todo ello, de conformidad con el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se entiende definitivamente aprobado, sin necesidad de Acuerdo plenario la Derogación de la Ordenanza municipal reguladora del Impuesto Municipal sobre Gastos Suntuarios en lo relativo al aprovechamiento de cotos privados de caza.

Lo que se publica a los efectos de los artículos 17.4 del TRLRHL y artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

«QUINTO. EXPEDIENTE 1026/2019. DEROGACIÓN DE ORDENANZA FISCAL REGULADORA.

En relación con el expediente relativo a la Derogación de la Ordenanza fiscal municipal sobre gastos suntuarios en lo relativo al aprovechamiento de cotos privados de caza y pesca,

Visto que fue emitido informe por esta Secretaría sobre el procedimiento a seguir y la Legislación aplicable en relación con la posibilidad de Derogación de la Ordenanza fiscal municipal.

Visto el informe de Intervención que concluye que que la Derogación de la Ordenanza fiscal municipal que se pretende no generará por sí sola inestabilidad presupuestaria.

De conformidad con la Disposición Transitoria Sexta del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLRHL) y de conformidad con los artículos 15 al 19 del TRLRHL.

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por mayoría simple de los miembros presentes.

Por ello, visto el Dictamen favorable de la Comisión Informativa de Hacienda de 21 de octubre de 2019, por unanimidad se ADOPTA el siguiente ACUERDO

PRIMERO. Aprobar provisionalmente la Derogación de la Ordenanza fiscal municipal sobre gastos suntuarios en lo relativo al aprovechamiento de cotos privados de caza y pesca.

SEGUNDO. Exponer al público el presente Acuerdo mediante anuncio que se insertará en el tablón de anuncios municipal durante el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al de publicación de dicho anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, dentro del cual los interesados podrán examinar el expediente y presentar las alegaciones que estimen oportunas.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [ http://chiloeches.sedelectronica.es].

TERCERO. Comunicar este acuerdo a la Asociacion de Agricultores y Ganaderos de Chiloeches, así como al C.B.D. de Cazadores de Chiloeches.

CUARTO. En caso de que no se presentasen alegaciones al expediente en el plazo anteriormente indicado, el Acuerdo se entenderá definitivamente aprobado, sin necesidad de Acuerdo plenario, de conformidad con el artículo 17.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo».

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.

En Chiloeches, a 18 de ciciembre de 2019. El Alcalde, Fdo.: Juan Andrés García Torrubiano

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