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Lunes, 16 Diciembre 2019 08:12

RECTIFICACIÓN DE ANUNCIO DE APROBACIÓN DE BASES Y CONVOCATORIA DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE EDUCADORES/AS SOCIALES DEL AREA DE SERVICIOS SOCIALES DE JADRAQUE

3271

RECTIFICACIÓN DE ANUNCIO DE APROBACIÓN DE BASES Y CONVOCATORIA DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE EDUCADORES/AS SOCIALES DEL AREA DE SERVICIOS SOCIALES DE JADRAQUE.
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AYUNTAMIENTO DE JADRAQUE


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Por Resolución del Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Jadraque , de fecha 11 de Diciembre de 2019, se ha resuelto lo siguiente:

Habiéndose detectado un error material en el Decreto 348/2019 de fecha 03 de Diciembre de 2019,  en relación con la aprobación de las  Bases y Convocatoria para la constitución de una  Bolsa de Trabajo de educadores/as sociales del Area de Servicios Sociales de Jadraque y que fueron publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara nº 232 de fecha lunes, 09 de Diciembre de 2019, y teniendo en cuenta que en el art. 109 de la Ley 39/2015 de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, permite a las Administraciones Públicas rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

En uso de las atribuciones que me confiere la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por el presente

RESUELVO

PRIMERO. Rectificar el título del Anuncio de las Bases y Convocatoria en el sentido que se indica:

Donde dice: ANUNCIO DE APROBACIÓN DE BASES Y CONVOCATORIA DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE OPERARIO DE EDUCADORES/AS SOCIALES DEL AREA DE SERVICIOS SOCIALES DE JADRAQUE.

Debe decir: ANUNCIO DE APROBACIÓN DE BASES Y CONVOCATORIA DE UNA BOLSA DE TRABAJO DE EDUCADORES/AS SOCIALES DEL AREA DE SERVICIOS SOCIALES DE JADRAQUE.

SEGUNDO. Rectificar la Base NOVENA , en el sentido que se indica:

Donde dice: Se establece un periodo de prueba de quince días, conforme determina el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Base decimoquinta. Régimen de incompatibilidades. El personal contratado quedará sujeto al régimen de incompatibilidades del sector público, conforme a la normativa vigente.

Debe decir: Se establece un periodo de prueba de quince días, conforme determina el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

En Jadraque, a 11 de Diciembre de 2019.El Alcalde,Héctor Gregorio Esteban

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