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Miércoles, 27 Noviembre 2019 08:11

ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LA PISTA DE PÁDEL

3082

ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LA PISTA DE PÁDEL
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AYUNTAMIENTO DE SIGÜENZA


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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de 30 de septiembre de 2.019 aprobatorio de la de la Ordenanza reguladora del uso de la Pista de Pádel del Ayuntamiento de Sigüenza, cuyo texto íntegro se hace público como anexo a este anuncio, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso–administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

ANEXO

ORDENANZA REGULADORA DEL USO DE LA PISTA DE PÁDEL

Exposición de motivos.

Entre las competencias propias de las corporaciones locales, recogidas en el artículo 25 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentra la promoción del deporte e instalaciones deportivas y de ocupación del tiempo libre. Por este motivo, el Ayuntamiento de Sigüenza establece las condiciones generales para la utilización de la pista de pádel municipal. Lo hace con base en el artículo 84.1 a) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de la Bases de Régimen Local.

Objeto.-  El motivo de la presente ordenanza es la de regular el uso de la pista de pádel mediante la integración de un motor de reservas en la web del Ayuntamiento configurado con las tarifas y condiciones de reserva que el Ayuntamiento tiene determinado en la ordenanza fiscal, proporcionándose un enlace para que quede totalmente integrado en la web del mismo.

Al ser un sistema fiable las pistas funcionan de manera autónoma sin necesidad de personal, eliminando todo tipo de dispositivos visibles en las cerraduras susceptibles de ser destrozados.

Todo lo que hace falta para automatizar la pista deportiva es un sotfware de gestión deportiva, la instalación del cuadro y cerraduras domóticas.

Artículo 1. Usuarios.

1.- Se prohíbe el uso de la pista de pádel a menores de 12 años salvo que se encuentren bajo la supervisión de una persona mayor de edad y sea el mayor quien haga la reserva y esté en todo momento en la instalación.

2.- Se prohíbe el uso de la pista de pádel a aquellas personas que hayan sido sancionadas conforme a esta Ordenanza y durante el tiempo que dure la sanción.

3.- Queda prohibida la utilización de la pista de pádel para dar clases por parte de particulares. Esta actividad únicamente podrá ser desarrollada por el Ayuntamiento.

Artículo 2.- Reserva de pista.

1.-  Cualquier usuario que disponga de un dispositivo con conexión a internet puede realizar una reserva online a través de la página web del Ayuntamiento de Sigüenza que estará alojada en la sede electrónica del Ayuntamiento https://siguenza.sedelectronica.es/info.0

Simplemente tienen que crearse una cuenta en el sistema de reservas con un e-mail, un número de teléfono y una contraseña. Una vez que se han registrado, el sistema les envía un email para validar su cuenta.

Tras la validación de la cuenta, deberá acceder al calendario de disponibilidad, buscar la fecha y hora que mejor les convenga y finalizar la reserva. La disponibilidad de las pistas, estarán marcadas en color rojo las pistas ocupadas, en verde las pistas libres y en color gris las pistas bloqueadas por el coordinador deportivo para clases o torneos municipales. 

Para completar la reserva, el usuario deberá abonar la pista online, seleccionando una de las formas de pago que el Ayuntamiento proporciona: bien mediante tarjeta de crédito o bien haciendo uso de su bono monedero que ha tenido que comprar y pagar para tener saldo en su cuenta de cliente y que pueden consultarlo en todo momento y pagar sus reservas con ese saldo.

Una vez pagada la reserva, el usuario ya tiene una reserva confirmada a su nombre para la fecha y hora escogidas. En el momento que pulse el Botón “Reservar Pista”, la pista quedará reservada y el usuario podrá consultar sus reservas dentro del menú de usuario “Mis reservas”.

De esta manera podrán hacer reservas online las 24 horas del día con total libertad, siempre cumpliendo los requisitos y condiciones que el Ayuntamiento haya determinado (días de antelación para reservar, horarios, tarifas, política de cancelación, etc).

2.- En el caso de celebración de torneos, clases o competiciones programadas y organizadas por el propio Ayuntamiento, las horas establecidas quedarán bloqueadas en la web no pudiendo ser reservadas por ningún usuario.

3.- Los usuarios podrán reservar y alquilar la pista de pádel como máximo con siete días de antelación al uso de la misma. Y al tratarse de un método online a cualquier hora del día.

4.- La reserva de pista será por una hora, hora y media o dos horas como máximo. Entre una reserva y la siguiente se establece un periodo de cortesía de cinco minutos a fin de que la pista quede vacía para el siguiente usuario.

5.- El mecanismo de cobro automatizado que establezca deberá garantizar la identidad del sujeto pasivo o deudor, la efectividad del pago, su exactitud, así como permitir, en cuanto a los ingresos que se realicen, un control eficaz, eficiente y permanente por tesorería e intervención.

Artículo 3. Acceso a la pista

El día de la reserva, el usuario tiene que dirigirse a la instalación, y sólo necesita llevar encima su teléfono móvil.

Deberá realizar una simple llamada perdida sin coste al teléfono de apertura que aparece en la pista. Nuestro sistema comprobará internamente que dicho usuario tiene una reserva validada y pagada a esa hora. Si todo está correcto, se encenderá una luz verde y  empujando la puerta de la instalación le permitirá el acceso, quedando registrada su hora de entrada a la pista.

Así mismo, mediante un sensor crepuscular, se detectará si es necesario y el usuario ha marcado en su reserva el encendido de las luces, en caso de que así sea, el sistema activará de manera automática las luces, que permanecerán encendidas el tiempo que dure la reserva, más unos minutos de cortesía (este tiempo es configurable por el Ayuntamiento y lo puede modificar siempre que quiera). Las luces se apagarán y las puertas se bloquearán, impidiendo la entrada.

Artículo 4. Incidencias en la utilización.

1.- Una mala conducta o un mal uso de las instalaciones podrá ser sancionada en la forma prevista en esta Ordenanza.

2.- Si por lluvia se tuviera que suspender la utilización de la pista antes de haberse iniciado su uso, el usuario tendrá derecho a la devolución de las tasas abonadas, siempre que lo haya comunicado ese mismo día en el siguiente correo electrónico : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. El abono se realizará mediante el ingreso de un bono-monedero en la cuenta del cliente por parte del Ayuntamiento.

3.- Si por causa imputable al Ayuntamiento, tuviera que cancelarse una reserva, los afectados tendrán derecho a recuperar el dinero pagado mediante el ingreso de  un bono-monedero en la cuenta del cliente por parte del Ayuntamiento.

4.- El usuario podrá cancelar su pista hasta 4 horas antes de la hora establecida y la tasa abonada será devuelta en su totalidad.

Artículo 5. Horario de uso de la pista de pádel

Con este sistema domótico el horario de juego se amplia.  Únicamente el  coordinador deportivo bloqueará previamente las horas necesarias para realizar las clases municipales así como de los torneos deportivos.

De lunes a domingos los 365 días del año:

  • de 8 a 24 horas.

Artículo 6. Servicios adicionales

Los usuarios de la pista de pádel podrán hacer uso de los vestuarios y duchas de uso colectivo del Polideportivo Municipal “La Salceda” en el horario que éste permanezca abierto. El Ayuntamiento de Sigüenza no se hará responsable de la pérdida, robo o extravío de cualquier objeto que se deje en los mismos.

Artículo 7. Prerrogativa del Ayuntamiento

El Ayuntamiento podrá restringir las reservas en determinadas horas o días para la realización de actividades programadas, labores de mantenimiento o eventos deportivos que obliguen a su reserva.

Artículo 8. Obligaciones del personal

El personal deportivo tendrá las siguientes funciones:

  1. - Cuidar de que el uso de la pista sea acorde con esta Ordenanza.
  2. - Proponer a la Corporación municipal medidas adecuadas para el mejor funcionamiento.
  3. - Atender las sugerencias, quejas y reclamaciones que formulen los usuarios.
  4. - Notificar a los usuarios de la pista las comunicaciones del Ayuntamiento que directamente les afecten.
  5. - Mantener continuamente informado al Sr. Alcalde, o persona en quien éste delegue de todo aquello que de alguna relevancia ocurra en la pista.
  6. - Cuantas otras funciones resulten de esta Ordenanza o le fueren encomendadas por la Alcaldía.
  7. - Ayudar a toda la persona que no disponga de Internet o que le suponga un esfuerzo alquilar las pistas por este sistema, creándoles la cuenta de usuario, reservarles la pista en la fecha y hora solicitada si está disponible, siempre que el usuario facilite el número de tarjeta para poder realizar el pago.

Artículo 9. Normas de uso

1.- Se prohíbe el uso de la pista de pádel para cualquier otro juego o actividad distinto de la práctica de este deporte.

2.- La ropa y el calzado deberá ser adecuado a la práctica del deporte. Es obligatorio el uso de zapatillas con suela de goma así como raquetas y pelotas específicas para la práctica del pádel.

3.- Los acompañantes no podrán acceder a la pista.

4.- Dentro de la pista no está permitido comer, fumar ni introducir objetos de vidrio o cualquier otro que pueda causar daños al césped artificial o a los cristales.

5.- Los usuarios serán responsables de los desperfectos ocasionados pudiendo imponerse sanciones conforme a la normativa legal y lo previsto en esta Ordenanza.

6.- Los usuarios deberán seguir las instrucciones y requerimientos del personal a cargo de la instalación.

7.- No se autoriza la entrada de animales al recinto de las Pistas.

Artículo 10. Sanciones

1.- Si por parte del personal encargado de la instalación se observasen conductas contrarias a lo establecido en esta Ordenanza, conductas que afecten al buen orden o que causen o puedan causar daños a la instalación, o a otras personas, la persona responsable será conminada a abandonar el recinto.

2.- Cuando se produzcan estas circunstancias, el personal encargado de la instalación deberá elaborar informe y dar cuenta a la Corporación correspondiendo al Alcalde la imposición de sanciones.

3.- Las sanciones podrán consistir en prohibición de acceder al recinto de un mes a seis meses, y multas de 100 a 300 euros.

DISPOSICION DEROGATORIA.

A la entrada en vigor de la presente Ordenanza reguladora, que será al día siguiente de su publicación completa e integra en el citado Boletín Oficial de Provincia de Guadalajara, quedará derogada la actual “Ordenanza Reguladora del uso de la Pista de Pádel” aprobada mediante acuerdo de Pleno de fecha 28 de junio de 2010, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, número 114 de fecha 22 de septiembre de 2010.

DISPOSICIÓN FINAL. La presente Ordenanza, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia, y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa,  derogándose la actual Ordenanza que fue aprobada en sesión ordinaria de pleno de fecha  28 de junio de 2.010.

Sigüenza, a 25 de noviembre de 2019.La Alcaldesa, María Jesús Merino Poyo

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