Imprimir esta página
imagen no encontrada
Viernes, 25 Diciembre 2015 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

4307

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobacion inicial adoptado en fecha 27 de octubre 2015, sobre concesión de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

Descargar pdf Anuncio

Ayuntamiento de Gárgoles de Abajo

 

4307

Anuncio

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1, por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobacion inicial adoptado en fecha 27 de octubre 2015, sobre concesión de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, como sigue a continuación:

Créditos (48.000,00 €)

Denominación

Altas gastos

Créditos definitivos

153.619

Inversiones reposición

12.000,00

60.000,00

Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Créditos (0,00 €)

Denominación

Altas ingresos

Créditos definitivos

87

Remanente de Tesorería

12.000,00

12.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá, por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

En Gárgoles de Abajo, 4 de diciembre de 2015.– La Alcadesa, M.ª Gloria Álvaro Bejar.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Provincia (varios municipios)
Visto 578 veces