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Jueves, 29 Agosto 2019 09:08

ANUNCIO APROBACIÓN CONSTITUCIÓN BOLSA DE EMPLEO PERSONAL LABORAL TEMPORAL

2279

ANUNCIO APROBACIÓN CONSTITUCIÓN BOLSA DE EMPLEO PERSONAL LABORAL TEMPORAL
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AYUNTAMIENTO DE HONTOBA


2279

Por Resolución de Alcaldía nº 433/2019 de fecha 21/08/2019, una vez concluido el pertinente proceso selectivo, se ha  aprobado la constitución de bolsa de empleo de personal laboral temporal para cubrir los puestos de auxiliar de ayuda a domicilio de este Ayuntamiento,  con la siguiente redacción, en la que se incluye la relación de aspirantes y  puntuación obtenida :

" RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA nº 433/2019

En relación con el expediente relativo a la constitución de bolsa de trabajo (personal laboral temporal) para cubrir las vacantes de auxiliar de ayuda a domicilio, a la vista de los siguientes antecedentes:

Documento

Fecha/N.º

Providencia de Alcaldía

09/07/2019

Informe de Secretaría

09/07/2019

Bases que han de regir la Convocatoria y proceso de selección

09/07/2019

Informe-Propuesta de Secretaría

09/07/2019

Resolución de Alcaldía aprobando la Convocatoria y las Bases

Nº 318/2019

09/07/2019

Anuncio BOP/Sede

Nº 130, de 11/07/2019

Comunicación a los Órganos que deban proponer miembros del Tribunal

09/07/2019

Resolución de Alcaldía aprobando la Lista Provisional

No se aplica, no hubo ningún candidato excluido

Comunicación a los miembros del Tribunal

19/07/2019

Certificado de Secretaría de solicitudes presentadas

26/07/2019

Informe-Propuesta de Secretaría

26/07/2019

Resolución de Alcaldía aprobando la Lista Definitiva

Nº 359/2019

26/07/2019

Anuncio Sede Electrónica y BOP

Del día 30/07/2019 al 16/08/2019

BOP Nº 143, DE 30/07/2019

 Acta de Baremación

31/07/2019

Anuncio del Resultado de la Baremación

31/07/2019

Certificado de las Alegaciones Presentadas

21/08/2019

Resolución del Tribunal

No procede resolver ninguna reclamación por no existir

Informe Propuesta Secretaría

21/08/2019

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar la constitución de la bolsa de empleo para cubrir las posibles vacantes temporales, incluidas la cobertura de vacaciones,  que sucedan en el puesto de auxiliar de ayuda a domicilio  de este Ayuntamiento, con la siguiente relación de aspirantes:

1- Bolsa de empleo, ordenada en forma decreciente, con candidatos que SÍ poseen Título Oficial requerido, en base a la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y  del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia:

Nombre y apellidos

NIF

Puntuación

Dª ....

08983809-D

0,20

Dª ....

70051289-M

0,00

2- Bolsa de empleo, ordenada en forma decreciente, con candidatos que  NO poseen Título Oficial requerido, en base a la Resolución de 11 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y  del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, que modifica parcialmente el Acuerdo de 27 de noviembre de 2008, sobre criterios comunes de acreditación para garantizar la calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia:  No procede la constitución de bolsa puesto que no hay candidatos.

SEGUNDO. Publicar la relación de aspirantes incluidos en la bolsa en el Boletín Oficial de la Provincial, así como en la Sede electrónica de este Ayuntamiento, donde ha de quedar permanentemente actualizada."

Los llamamientos se producirían atendiendo al orden de prelación de los aspirantes y en función de las necesidades existentes.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Castilla La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho por los interesados.

En Hontoba, a 21 de agosto de 2019. Fdo. Alcalde-Presidente. Pedro David Pardo de la Riva

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