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Lunes, 15 Julio 2019 08:07

ORDENANZA IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

1873

ANUNCIO DEFINITIVO ORDENANZA IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA
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AYUNTAMIENTO DE PAREJA


1873

Se hace público a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, el texto íntegro de MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA, que fue adoptado por el Pleno de la Corporación en fecha 15 de mayo de 2019, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, en los términos del artículo 18 del Texto Refundido y en la forma que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción

ORDENANZA FISCAL DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

Se añade el Artículo 5º con el siguiente texto:

BONIFICACIONES

ARTICULO 5

Se establece una bonificación con carácter de cuota a pagar de una tarifa plana de 20 €/año para los vehículos históricos o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar, de los vehículos con las siguientes características:

  • Vehículos turismo, independientemente de la marca y la categoría.

Para aplicarse la bonificación el vehículo debe ser original y no estar modificado, estar en buen estado y uso tanto mecánicamente como exteriormente.

En la Villa de Pareja, a 10 de julio de 2019 El Alcalde-Presidente Fdo/ Fco. Javier del Río Romero

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  • Municipios: Pareja
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