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Miércoles, 24 Febrero 2016 00:00

CONSORCIO PARA EL SERVI­CIO DE PREVENCION, EXTINCION DE INCENDIOS, PROTECCION CIVIL Y SALVAMENTO DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA

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«Visto el requerimiento realizado en fecha 10 de agosto de 2015, por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Guadalajara para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso procedimiento abreviado n.º 187/2015, interpuesto por Sergio Checa Becerra, sobre la obligación de la Administración de suministro de toallas, chanclas y ropa de cama a los empleados públicos del CEIS Guadalajara, y para que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.

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Mediante el presente anuncio se notifica la Resolución de Presidencia n.º 24 de fecha 12 de febrero de 2016, en relación con el recurso contencioso-administrativo procedimiento abreviado n.º 187/2015, del tenor literal siguiente:

«Visto el requerimiento realizado en fecha 10 de agosto de 2015, por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Guadalajara para que se aporte el expediente administrativo correspondiente al recurso procedimiento abreviado n.º 187/2015, interpuesto por Sergio Checa Becerra, sobre la obligación de la Administración de suministro de toallas, chanclas y ropa de cama a los empleados públicos del CEIS Guadalajara, y para que se realicen los emplazamientos de los posibles interesados correspondientes a dicho recurso.

Examinada la documentación que la acompaña, visto el informe de Secretaría, y de conformidad con lo establecido en los ar­tícu­los 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

RESUELVO

PRIMERO. Que, por Secretaría, se proceda a la remisión de copia del expediente administrativo procedimiento abreviado n.º 187/2015, al Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Guadalajara.

SEGUNDO. Que, por Secretaría, se notifique la presente Resolución a los interesados en el expediente, emplazándolos para que puedan comparecer y personarse en los autos, en el plazo de nueve días.

TERCERO. Dar cuenta de la presente Resolución a la Asamblea en la próxima sesión que se celebre.»

Asimismo, se les emplaza para que puedan comparecer y personarse en el Juzgado en legal forma en plazo de nueve días, haciéndoles saber que, de personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte al efecto sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarse, notificación de clase alguna.

En Guadalajara a 17 de febrero de 2016.– La Secretaria-Interventora.

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