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Miércoles, 24 Febrero 2016 00:00

ADMINISTRACION MUNICIPAL

387

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Centenera, adoptado en fecha 16 de diciembre de 2015, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

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Ayuntamiento de Centenera

 

387

Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA

En cumplimiento del ar­tícu­lo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento de Centenera, adoptado en fecha 16 de diciembre de 2015, sobre concesión de suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, que se hace público resumido por capítulos:

Presupuesto de gastos

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA

DESCRIPCIÓN

Euros

Progr.

Económica

150

210

AG de Vivienda y Urbanismo. Reparaciones, mantenimiento y conservación

15.000,00

   

TOTAL GASTOS

15.000,00

       

Presupuesto de ingresos

ECONÓMICA

DESCRIPCIÓN

Euros

Concepto

112

Impuesto sobre bienes inmuebles. Rústica

4.000,00

113

Impuesto sobre bienes inmuebles. Urbana

11.000,00

 

TOTAL INGRESOS

15.000,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el ar­tícu­lo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y los plazos establecidos en los ar­tícu­los 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el ar­tícu­lo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado

En Centenera a 10 de febrero de 2016.– La Alcaldesa, Pilar Monge Espada.

Información adicional

  • Tipo de anuncio: Anuncio
  • Municipios: Centenera
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