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Lunes, 11 Febrero 2019 08:02

APROBACIÓN INICIAL MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES

316

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mohernando por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza del I.B.I. URBANA.
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AYUNTAMIENTO DE MOHERNANDO


316

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día18 de diciembre de 2.018, acordó la aprobación provisional de la modificación de la ordenanza fiscal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de carácter Urbano.

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento [http://mohernando.sedelectronica.es].

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

En Mohernando a 22 de enero de 2019. Fdo. El Alcalde-Presidente. D. Sebastián Timón Hontiveros

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