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Martes, 08 Enero 2019 08:01

APROBACIÓN INICIAL DE MODIFICACIÓN DE ORDENANZA

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Modificación ordenanza Báscula Municipal
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AYUNTAMIENTO DE VALDEGRUDAS


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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 03/01/2019, acordó la aprobación de la Modificación de la ordenanza del precio público por uso de la Báscula Municipal, lo que se hace público a efectos de su general conocimiento.

 TEXTO MODIFICADO

“Considerando necesario y oportuno establecer y ordenar el precio público derivado del uso de la báscula municipal que se realiza en el Municipio, en virtud de lo dispuesto en los artículos 22.2.d) y 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Alcalde-Presidente propone la adopción del siguiente acuerdo:

PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación del artículo 4 de la vigente ordenanza reguladora del precio público derivado del uso de la báscula municipal, en los siguientes términos:

ARTÍCULO 4. Cuantía

La cuantía de los derechos a percibir por el precio público será la siguiente (por cada pesada):

  • Hasta 30.000 kilos de peso                   1 €
  • Superiores a 30.000 kilos de peso         2 €

SEGUNDO. Someter dicha Ordenanza a información pública y audiencia de los interesados, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, por el plazo de treinta días para que puedan presentar reclamaciones o sugerencias, que serán resueltas por la Corporación. De no presentarse reclamaciones o sugerencias en el mencionado plazo, se considerará aprobada definitivamente sin necesidad de Acuerdo expreso por el Pleno.

TERCERO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente, para suscribir y firmar toda clase de documentos relacionados con este asunto.

Tras debate, el acuerdo de referencia es adoptado en los siguientes términos:

  • votos en contra:               0
  • abstenciones:                    0
  • votos a favor:              el resto.”

 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede recurrirse potestativamente en reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante El Pleno de este Ayuntamiento, de conformidad con el artículo 14 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 El plazo para interponer, en su caso, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara será de 2 meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la resolución expresa del recurso de reposición. Si no hubiera resolución expresa el plazo será de 6 meses, a contar desde la fecha en que se entienda desestimado por silencio el recurso de reposición en virtud del artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime como más pertinente a su derecho.

En Valdegrudas, a 3 de enero de 2019. Fdo. El Alcalde Gregorio Santamaría Sánchez

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