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Viernes, 04 Enero 2019 08:01

ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA PRESUPUESTO

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ANUNCIO APROBACION DEFINITIVA PRESUPUESTO
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AYUNTAMIENTO DE ALUSTANTE


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Aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento para el 2018 y comprensivo aquel del Presupuesto General de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución, plantilla de Personal funcionario y laboral, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:

ESTADO DE GASTOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Gastos de Personal

111.450,00 €

CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios

146.540,00 €

CAPÍTULO 3: Gastos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

27.220,00 €

 CAPÍTULO 5:

 10.000,00€

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Inversiones Reales

68.300,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

0,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

363.510,00 €

 

ESTADO DE INGRESOS

A) OPERACIONES NO FINANCIERAS

 

A.1. OPERACIONES CORRIENTES

 

CAPÍTULO 1: Impuestos Directos

69.100,00 €

CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos

2.300,00 €

CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos

103.720,00 €

CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes

95.350,00 €

CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales

56.000,00 €

A.2. OPERACIONES DE CAPITAL

 

CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales

0,00 €

CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital

37.040,00 €

B) OPERACIONES FINANCIERAS

 

CAPÍTULO 8: Activos Financieros

0,00 €

CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros

0,00 €

TOTAL:

363.5100,00 €

PLANTILLA DE PERSONAL

A)    FUNCIONARIOS INTERINOS

  • 1 Secretario Interventor  

 

B)    PERSONAL LABORAL FIJO

  • 1 Peón de servicios múltiples
  • 1 Bibliotecario

C) PERSONAL LABORAL TEMPORAL

  • 2 Auxiliares geriatría
  • 1 Auxiliar ayuda a domicilio
  • 4 Trabajadores temporales  (Plan de empleo)

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.

Alustante, 2 de noviembre de 2018.  La Alcaldesa, Rosa Abel Muñoz Sánchez

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