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Viernes, 05 Octubre 2018 08:10

ANUNCIO DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS

2825

Delegación del Pleno en el señor Alcalde de la competencia que le corresponde como órgano de contratación en la tramitación de expedientes de penalidad correspondientes al contrato de "gestión del servicio público de limpieza viaria, mantenimiento, reposición y limpieza de zonas ajardinadas en el municipio de Cabanillas del Campo"
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AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO


2825

Por medio del presente se hace público el acuerdo de Pleno de fecha 26 de septiembre de 2018 cuyo texto se transcribe literalmente a continuación:

 

«Antecedentes y fundamentos de Derecho

I.- Con fecha 30 de marzo de 2012, este ayuntamiento formalizó un contrato administrativo de “gestión del servicio público de limpieza viaria, mantenimiento, reposición y limpieza de zonas ajardinadas en el municipio de Cabanillas del Campo”, nº de expediente C1-T9-2011-GC, con la empresa Inbisa Servicios y Medio Ambiente, S.A, (hoy denominada Enviser Servicios Medio Ambientales, S.A según escritura de elevación a público de acuerdos sociales de 19 de febrero de 2015), cuya duración de ocho años se extiende hasta el 30 de marzo de 2020.

Previa la tramitación del correspondiente expediente, al objeto de incorporar al servicio nuevas zonas construidas con posterioridad a la formalización del contrato referido, se formalizó con fecha 1 de abril de 2015 una modificación contractual.

II.- Visto que por el responsable del contrato se ha propuesto la tramitación de un expediente de imposición de penalidad, nº Ee2131/2018.

III.- Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 212, apartado 8, del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), legislación aplicable a este contrato en virtud de la disposición transitoria primera de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, según el cual “las penalidades se impondrán por acuerdo del órgano de contratación, adoptado a propuesta del responsable del contrato si se hubiese designado, que será inmediatamente ejecutivo, y se harán efectivas mediante deducción de las cantidades que, en concepto de pago total o parcial, deban abonarse al contratista o sobre la garantía que, en su caso, se hubiese constituido, cuando no puedan deducirse de las mencionadas certificaciones.

IV.- Dado que es el Pleno del ayuntamiento, quien tiene la condición de órgano de contratación del referido contrato, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional segunda del TRLCSP.

V.- El artículo 9, apartado 1, de Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público dispone que “Los órganos de las diferentes Administraciones Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente dependientes, o en los Organismos públicos o Entidades de Derecho Público vinculados o dependientes de aquéllas.” y el apartado 3 indica que “Las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de éste.”

VI.- A la vista de los antecedentes que han ocasionado la propuesta de tramitación del expediente de penalidad nº Ee2131/2018, considerando que la imposición de penalidades son un medio para asegurar el cumplimiento regular de las obligaciones contractuales; por eficacia administrativa, con el fin de agilizar la tramitación de cualquier otro expediente de imposición de penalidad que pudiera derivarse del seguimiento y control del contrato referido.

En virtud de lo expuesto, se ACUERDA:

Primero.- Delegar en el señor Alcalde el acuerdo de inicio, actos de instrucción y acuerdo de resolución, para la tramitación de cualquier otro expediente de imposición de penalidad relativa al contrato de gestión del servicio público de limpieza viaria, mantenimiento, reposición y limpieza de zonas ajardinadas en el municipio de Cabanillas del Campo, nº de expediente C1-T9-2011-GC.

Segundo.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara la delegación de competencia acordada. ».

En Cabanillas del Campo a 2 de octubre de 2018. El Alcalde. Fdo.: José García Salinas

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